Un matrimonio, tiene un solo hijo varón. Tienen hace años, hecho testamento, a favor del mismo.
El hijo hace 3 años que no mantiene contacto con los padres.
El matrimonio, ha pensado en nombrar un albacea testamentario, que se ocupe de la herencia al fallecimiento de ambos.
¿Cómo sería la forma de proceder para su nombramiento?.
¿Hay que hacer nuevo testamento, e incluir en el mismo el nombramiento del albacea con las instrucciones pertinentes?. ¿O se puede hacer el nombramiento, manteniendo el testamento que ya está hecho?.