Tengo una duda que expongo:
He adquirido un piso en la Comunidad Valenciana, en fechas próximas voy a escriturar e hipotecar, tengo entendido que cumpliendo ciertos requisitos el A. J. D. por la compra es del 0,10% del valor de escritura.
Mi duda es la siguiente:
Se que en la hipoteca se paga el impuesto por la total responsabilidad, ¿ pero a que tipo al 0,10% o al 1,00% ?
Cordiales saludos.
Además últimamente la Consellería de Hacienda está requiriendo para demostrar que es la primera vivienda habitual, pidiendo que se lleve el empadronamiento en la mencionada vivienda, cambio de domicilio fiscal y facturas de luz y agua.
Ten en cuenta los requisitos que se exigen para considerar la vivienda como habitual, por lo que deberías hacer estos trámites lo más rápido posible.