Además últimamente la Consellería de Hacienda está requiriendo para demostrar que es la primera vivienda habitual, pidiendo que se lleve el empadronamiento en la mencionada vivienda, cambio de domicilio fiscal y facturas de luz y agua.
Ten en cuenta los requisitos que se exigen para considerar la vivienda como habitual, por lo que deberías hacer estos trámites lo más rápido posible.
Tengo una duda que expongo:
He adquirido un piso en la Comunidad Valenciana, en fechas próximas voy a escriturar e hipotecar, tengo entendido que cumpliendo ciertos requisitos el A. J. D. por la compra es del 0,10% del valor de escritura.
Mi duda es la siguiente:
Se que en la hipoteca se paga el impuesto por la total responsabilidad, ¿ pero a que tipo al 0,10% o al 1,00% ?
Cordiales saludos.