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Agosto-diligencias preliminares

2 Comentarios
 
Agosto-diligencias preliminares
13/08/2012 13:17
¿Es hábil agosto para la oposición a la práctica de diligencias preliminares del art. 256 y ss LEC? en algunos sitios he visto que algunos juzgados, de forma particular, entienden que son asuntos de urgencia.

Gracias.
Un saludo
13/08/2012 17:40
Se considerarán urgentes las actuaciones del tribunal cuya demora pueda causar grave perjuicio a los interesados o a la buena administración de justicia, o provocar la ineficacia de una resolución judicial (art.131.2 Lec).

Si al vista del mismo y del contenido de la concreta diligencia q se pretenda resulta probada la urgencia se podrían habilitar los días o las horas necesarias ex art.131.1 Lec.

Tb son aplicables los arts. 182 y ss de la LOPJ.
14/08/2012 12:13
¡¡Gracias!! en la notificación no pone nada de la urgencia del asunto. De todas maneras, no va a hacer falta oponernos. Un saludo.