¿alguién sabe si un mayor de edad está legitimado para solicitar ser adoptado por su padrastro? Que yo sepa sería el padrastro quién tendría q interponer demanda, no? Alguna opinión, gracias.
Hola
Debo decirle que según nuestro código civil sólo pueden ser adoptados los menores de edad o los emancipados siempre que inmediatamente antes de la emancipación haya existido una situación de acogimiento o convivencia sin interrupción, iniciada antes de que el adoptado cumpliera los 14 años de edad.
Si necesita ayuda puede contar conmigo.
www.asesorlegalgratis.com
Únicamente sería posible en el caso que le dice mjmarse, debería existir una situación de acogimiento de la persona mayor de edad -adoptando - desde antes de los catorce años de edad, de forma ininterrumpida.
Gracias katia, conozco la ley y sé q es cierto lo q dices, lo q yo planteo es, si cumplidos los requisitos legales, el mayor de edad puede pedir ser adoptado. Gracias.
no sé si entiendo bien lo que explicas: un adulto quiere obtener sin intervención (o incluso sin aprobación) del padrastro la filiación, ¿es eso cierto?
De ser así, entendería que esa persona quiere obtener los mismos derechos que un hijo biológico (¿una herencia?) y sus obligaciones (¿cuidado de un mayor sin impedimento de los demás hijos u otros familiares?).
No siendo en absoluto letrado en estas cuestiones, pero aplicando el sentido común, pienso que generalmente es un padrastro el que ha cuidado de un hijastro (según dicen aquí, se tiene como referencia la edad de 14 años) y es éste el que debe decidir si quiere o no adoptar a un hijo.
Haber cuidado, educado y/o mantenido a un/a hijo/a de otra persona es un acto voluntario y a veces incluso generoso. En caso contrario, es decir, haber sido meramente la pareja de la madre o padre sin intervenir activamente en el desarrollo del menor, tampoco obliga a dejar una herencia, por ejemplo.
Piense que si fuera posible obligar a la adopción, las disputas por herencias se complicarían y multiplicarían, o al menos eso creo en mi humilde opinión.
Como dato curioso, decir que en la Antigua Roma, era posible adoptar a un adulto sin más. Eso se hacía normalmente para obtener un heredero digno, generalmente varón, y a menudo como alianza política-económica. Eso sí, si no me falla la memoria, era el "padre" el que adoptaba al "hijo".
Hola Julia, me encuentro en tu misma situación, es decir, me gustaría saber si el propio adoptado tiene legitimidad activa para solicitar su propia adopcion? Finalmetne, averiguaste algo? Gracias.
Es un procedimiento de Jurisdicción Voluntaria la legitimacion activa es por parte del adoptante y la pasiva del adoptando
art. 175.Por excepción, será
posible la adopción de un mayor de edad o de un menor emancipado cuando,
inmediatamente antes de la emancipación, hubiere existido una situación no
interrumpida de acogimiento o convivencia, iniciada antes de que el adoptado hubiere
cumplido los catorce año
Gracias a los dos, pero y en que posición queda el padre biológico? Es decir, si el adoptante es el "padre " y presenta demanda de adopción por jurisdicción voluntaria al adoptando ...el padre biológico, tendrá que renunciar o que??