Alguien puede informar acerca del procedimiento de adopción del hijo del cónyuge?. El caso es el siguiente:
ciudadano español casado recientemente (con algunos años de coonvivencia antes del matrimonio) con una extranjera (uruguaya) con permiso de residencia en españa. La esposa tiene una hija de 12 años, de nacionalidad uruguaya pero también residente en españa. El padre de la niña es uruguayo, sin residencia legal en España. Por convenio entre los padres, ratificado por un juzgado español, la madre tiene la guarda y custodia de la niña, desde hace aproximadamente 5 años. El padre se encuentra desde hace tres años en paradero desconocido (probablemente haya regresado a Uruguay), no paga la pensión de alimentos, ni ha vuelto a ver a la hija, ni ha contactado con ella siquiera telefónicamente.
El marido de la madre desea adoptar a la niña, y ésta (que lo trata como padre) ser adoptada por él.
En el hipotético caso de que el padre de la niña se personase en el procedimiento y se opusiese, habría posibilidades de que el juez y el fiscal considerasen que el padre está incurso en causa de privación de la patria potestad y concediesen la adopción?.
Podría completarse el procedimiento si al padre no lo localizan y no comparece?.
A la madre le han dicho, en un juzgado de Vigo (Pontevedra) que puede presentar la demanda sin abogado, simplemente rellenando un formulario que le faiclitan en el propio juzgado; es esto cierto?
Son muy largos estos procedimientos? Cómo sulen resolverse? Qué criterios siguen los jueces?
Si alguien puede aconsejarme o/y aportar jurisprudencia, le quedo agradecidísima.
hola, actualmente estoy llevando la adopcion de mi hija, soy abogada en mi paìs, asi que algo me cuesta menos jjj, en su caso es algo mas complicado, dado que la niña esta registrado por su ex pareja, para que se pueda efectuar la adopcion, necesariamente debe dar su consentimiento, o en todo caso plantear antes la perdida de la patria potestad. Solo en esos casos el juez podra hacer lugar la adopcion, dado que que si no obra ni el uno ni el otro, habra indefesion, con respecto a ello existe jurisprudencias. Lo primero que debes hacer es eso, hablar con su ex, o plantear la perdida de la patria potestad, caso contrario su pareja no podra adoptar a la niña, ya que faltara uno de los requisitos, el consentimiento del padre biologico. Con respecto a la manera de plantear, nosotros hemos presentado un escrito, desconociamos de la existencia de tal formulario, y claro no se requiere de abogado, pero... al no contar con abogado, el juicio se dilata considerablemente. Espero haberla ayudado.. saludos...
Hola he presentado una demanda de adopcion de la hija de mi pareja en el dia 25/04/2019 en el registro de particulares del juzgado de 1 estancia de madrid.porfavor me podrian decir en cuanto tiempo mas o mejos tardaran en comunicarme algo? Y de que manera lo haran?como puedo saber si la demanda fue o no aceptada por el juez?? Muchas gracias