Hola buenas tardes.
Mi hermana falleció en agosto del año pasado, deja viudo y tres hijos de dos matrimonios distintos.
En el testamento me hace administradora de los bienes de su hijo mayor e indica que el padre de éste no puede tocar nada de esos bienes.
Por otro lado, soy albacea, contadora y partidora de sus bienes siempre y cuando una de las partes no esté de acuerdo con la herencia.
A su viudo le deja el usufructo universal de todos sus bienes e indica que si alguno de los herederos no está conforme, le corresponderá la legitima estricta.
Cuando van a firmar la escritura de partición de herencia, el viudo se niega, desconozco el motivo puesto que no estaba presente.
Mis dudas son las siguientes:
Al negarse a firmar, entro yo como albacea, contadora y partidora?
El padre de mi sobrino mayor, quiere terminar con el papeleo y que su hijo reciba la parte correspondiente.
¿cuál sería?
Estamos hablando de algo de dinero, un piso (en propiedad de mi hermana), un coche(que mi hermana compro despues del divorcio y antes del segundo matrimonio) y una plaza de garaje que obtuvo antes del segundo matrimonio.
Muchas gracias
Ha llegado el momento de actuar, Eva. Ha de ejecutar con rigor y sin contemplaciones el testamento de su hermana. Para ello, siga las siguientes instrucciones:
1º. Requiera notarialmente a los herederos designados para que manifiesten si aceptan la herencia o no, confiriendo el plazo de un mes para que le respondan, apercibiendo que en otro caso se entenderá legalmente aceptada la herencia. Si hay menores, pueden aceptarla (jamás rechazarla) los representantes legales, que además no pueden hacer otra cosa que aceptarla condicionadamente a que el menor ratifique llegada la mayoría de edad.
2º. Una vez hecho esto, ha de saber que su hermana constituyó la llamada "cautela socini", en virtud de la cual quiso dar a su viudo el usufructo de todos los bienes y a los herederos legitimarios algo más de lo que les correspondía por herencia. Lo cual significa que si alguno de ellos se niega a estos términos, recibirá su porción legítima sin mejora: el viudo, el usufructo de un tercio y al resto la propiedad de 1/3 a repartir, a no ser que sean todos descendientes, en cuyo caso se trata de 2/3. Eso es algo que aparece en el testamento, a donde le remitimos.
3º. Si le resultan herederos rebeldes o escurridizos, vaya al Juzgado de Primera Instancia del partido judicial donde murió su hermana y pida la aprobación de las operaciones particionales que usted misma haya diseñado en ejecución literal del testamento, descontando los gastos en que haya incurrido, incluidos el abogado y procurador que tiene que contratar.
4º. Todos los bienes que reciba su sobrino mayor por herencia de su hermana estarán bajo su férula, sin que su excuñado tenga nada que decir, y mucho menos si el chico ha de recibir la porción legítima o cuánto le corresponde. Manténgalo alejado de estas operaciones, tal y como quería su hermana.
Como ve, pan comido. Vaya a un abogado.