Hola.
Pués en el título lo resumo; incluso é provocado unha conciliación en el Juzgado de Paz y también allí se ha negado.
Que tipo de deíto está cometiendo?
Quiero denunciarlo en el juzgado y necesito saber que debo hacer.
es que el administrador no está obligado a dar explicaciones de forma individual a nadie, para eso están las juntas.
Si le denuncia, no le haran caso.
Usted sabe que tanto por ciento de propietarios no están conformes con el administrador?
Si son mayoria en la proxima junta anual no vuelvan a dejar en su sitio al administrador, le echan y ya está
¿Quien firma los cheques para pagos desde la cuenta de la Comunidad?. ¿Solo el administrador?.
Lo que tiene que hacer el presidente, es dirigir escrito a todos los propietarios, dando cuenta del problema y eludiendo su responsabilidad, mientras se mantenga a ese administrador.
Anónimo
09/11/2016 10:45
Xoseee
Para empezar un Administrador sí debe dar cuentas al Presidente de lo que se está haciendo, no es lo mismo que el resto de propietarios, en cuanto a la denuncia...por apropiación indebida (que tiene obligación a dar y mostrar al Presidente). Como Presidente tiene la facultad de convocar Junta cuando quiera, y poner en el Orden del día la revocación de cargo del Administrador.
lea este link
http://comunidadhorizontal.com/comunidad-de-propietarios/jurisprudencia/administrador-no-obligacion-rendir-cuentas-un-propietario.php
Deja bien claro que el administrador sólo esta obligado a rendir cuentas a la ncomunidad, y que yo sepa el presidente no es la comunidad
Si usted cree que no es así, informenos en dónde pone lo contrario
Hasta donde yo se, un empleado debe dar cuenta de su trabajo frente a su superior, y a nadie le extraña. En este caso, el administrador es un empleado de la comunidad, bien sea a través de nómina o de contrato mercantil, y el presidente es el responsable de la comunidad, SU JEFE, con lo cual entiendo que deberá informar de todas y cada una de las solicitudes que este le haga, ya que son los que le pagan a final de mes. Digo yo.
eL presidente, es únicamente jefe en su casa y si lo dejan, la jefatura la ejerce quien paga y está es la comunidad.
Muros le importa decirme donde esta reflejado que el administrador debe darle cuenta de la administracción, yo en el art. 20 lo veo reflejado
De que tienen que informar, del recibo de la luz de la escalera, o de alguna factura? vuelvo a insistir para eso estan las juntas, y las cuentas mancomunadas (así se sabe que se abona).
Pues si usted como presidente, tiene que firmar los cheques de pagos junto al administrador, no los firme si el administrador no le facilita toda la información y justificantes que usted le exige.
Usted simplemente, no pone su firma en lo que usted no puede comprobar.
si es usted quien firma los cheques junto al administrador por que la cuenta está mancomunada, realmente que es lo que desea averiguar, porque la verda no lo entiendo, sea un poco más claro y exponga nalgo más
Lo mismo que amadeo me pregunto yo, que es lo que desea averiguar?
Estando mancomunada la cuenta los dos tienen claves de la cuenta y por tanto ambos pueden ver los apuntes, en todo caso pídale las facturas de los apuntes e imagino que por correo electrónico se las puede mandarlas, no necesita que le de día y hora que es del o que huyen los administradores. No se puede estar varias horas en la oficina, con cada presidente de comunidad explicando cada detalle de las cuentas, y cada vez que se le antoje a cada presidente. Para eso esta el envío trimestral, semestral o anual de cuentas que reciben todos los propietarios con antelación a la reunión ordinaria, para que cada uno en su casa lo estudie y luego en reunión el administrador tiene la obligación de aclarar cualquier duda sobre las mismas.
Por lo que he leido, usted lo que quiere es conocer el estado de las cuentas de su comunidad, pero al mismo tiempo dice que firma los cheques junto al admnistrador.
En primer lugar decirle que usted como presidente tiene derecho a ver esa cuentas y el administrador debe facilitarle dia y hora para recibirle y mostrarsela. Sobre esto hay sentencias judiciales. Por otra parte, usted cuando entró de Presidente, en esa junta se debió dar la liquidación del año anterior, es decir, usted así como el resto de propietarios deberían conocer de antemano a esa junta el estado de las cuenta y el presupuesto para el año venidero o ya en curso, y tuvo que ser aprobado, incluido por usted. Esto no quita el que usted quiera ver ahora esas cuentas, aunque de poco le podrá servir, ya que fueron aprobadas en su día y levantar aquél acuerdo es complicado, no digo que no se pueda hacer, solo que es complicado.
Por otra parte, usted dice que firma los cheques de los gastos, luego entonce --salvo los gastos diarios, luz de escalera, agua, limpieza, ascensor, etc...--- usted debe ser conocedor de esos pagos.
En concreto ¿que sospechas o dudas le preocupan para pedir esa documentación?.
Un saludo.