Lo suyo es pedir como medida cautelar, que le hagan entrega del acta donde se aprueba la liquidación de deuda y una vez entregada, impugne el acuerdo por el que se aprueba la liquidación de deuda.
Otra posibilidad es esperar a que le reclamen judicialmente e oponerse a la demanda en base a que usted ha pagado (como dice) o si no ha pagado, en base al desglose de la deuda (oponer la falta de desglose es un buen motivo de oposición).
En ambos casos necesitará un abogado y procurador atendiendo a la cuantía de la deuda.
Sr. DickTurpin.
No tengo palabras para agradecerle su ayuda. Por supuesto esta claro que ignoro totalmente los procedimientos judiciales. Y de eso se aprovecha el administrador.
La ley dice…
Para poder impugnar los acuerdos, el propietario debe estar al corriente en la totalidad de las deudas vencidas con la Comunidad de propietarios.
Pero en mi caso no estoy al corriente. Porque no he pagado al no tener justificantes. ¿Puedo impugnar el acuerdo?. Creo que no puedo hacerlo.
Creo que al final lo mejor es esperar la demanda, y expresar que he hecho lo imposible para conseguir MIS justificantes (demanda y recursos) y que si no he pagado es por la falta de comprobantes.
Como tengo mucho miedo, he procurado "defenderme" para que no me puedan acusar de deseo de no pagar, porque voy ingresando cada mes cantidades a cuenta. Y espero que ello me “salve” de los gastos. Hay voluntad de pago. Y por lo tanto no soy un moroso.
Segun la Ley ¿es lo mismo un hombre que debe una cantidad y no ha pagado nada que un hombre que se demuestra que cada mes o cada cierto tiempo ingresa cantidades a cuenta?
No se si la Ley tiene en cuenta esta voluntad de pago.
Si lo que va a impugnar es el acuerdo aprobando la liquidación de su deuda, no es necesario que esté al corriente.
No obstante, si decide impugnar, le aconsejo acompañar los justificantes de pagos realizados hasta la fecha.
Por otra parte debo indicarle que en realidad, lo que le pueden reclamar son deudas vencidas y exigibles con la comunidad y éstas a buen seguro corresponderán al presupuesto de gastos del ejercicio anterior y no del corriente, por lo que imagino, debería tener ese acta ya que ha debido de transcurrir al menos un año para hacérsela llegar.
Yo haría la consulta a un abogado llevando toda la documentación que tenga en su poder, porque me sorprende que la comunidad le haga una reclamación de pago improcedente.
1/11/2017
Hola.
Soy un jubilado, que antes fue Contable.
He colaborado con varios bufets de abogados.
14/1/2017
No tengo palabras para agradecerle su ayuda. Por supuesto esta claro que ignoro totalmente los procedimientos judiciales. Y de eso se aprovecha el administrador.
Hola. Ante todo gracias.
Si, son deudas anteriores Las deudas que SE SUPONE que tengo, son de AÑOS anteriores (2015-2016-2017) . El acta la tengo (la del 2018) en ella consto como moroso. Tengo el dinero, y tengo deseos de pagar, lo único que pido son los comprobantes ANTES de pagar porque no lo veo claro que yo tenga esa deuda. Y me los niega.¿porque?
Le dire que el asunto ya lo tiene un abogado. Aunque no confió mucho.
Donpepon ¿Qué ve de extraño en mi mensaje?. Fui Director Administrativo y Jefe de Contabilidad de varias empresas. Algunas multinacionales con mas de 5.000 empleados. ¿Y eso le parece raro?
Y que ignore los procedimientos judiciales ACTUALES, ¿le parece raro?.
¿Qué significa que prefiere no comentar? ¿Que es lo que ve extraño?
HE estado pensando y para ir bien, me tendría que poner al dia y estudiar derecho y leer un montón de jurisprudencia y no lo voy ha hacer. Estoy jubilado y no quiero complicarme la vida. Lo que quiero es descansar y tener paz. Y por culpa de un ladron no puedo hacerlo. Saludos
Pues lo extraño es que cuando una persona se ve involucrado en un tema en que le reclaman una alta cantidad de € como es su caso, lo lógico y normal es que no acuda a solicitar parecer y consejo en un blog. Estimo que lo util y seguro es ponerse en manos de uno de los tantos profesionales con los que usted a mantenido un trato laboral, y creo que al menos a parte de confianza en la respuesta que le facilite uno de los muchos profesionales con los que usted tenga confianza, aún le quedará algun nexo de unión para poder dirigirse a ellos en solicitud de ayuda
Sr. Donpepon.
Perdone si le ha molestado que pida opinion y ayuda en este blog.
En cuanto a lo demas que usted expone, le dire que no voy a hacer comentarios
y que cada persona es un mundo y cada persona tiene sus asuntos personales.
Le aconsejo que deje de suponer la vida de cada uno y de dar cosas por sentadas
por muy logicas que le parezcan.
Un saludo.
Por supuesto que en ningún momento me he podido sentir molesto porque usted pregunte, faltaría más.
Pero si le diré que en mi respuesta no supongo nada y no doy nada por sentado ya que en ningún momento saco conclusiones, unicamente expongo es que si me duele una uña, podría hacer una consulta en un blog, pero si me sube la tensión a 200, no pierdo el tiempo, y rapidamente me voy al médico.