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23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
03/05/2008 17:55
El articulado completo ya lo he expuesto con fecha 30/04 y dice lo que dice. El querer marear más la perdiz no tiene sentido, y repito puedes votar de forma personal (personalmente) o por representación (delegando tu voto por escrito en el presidente o en otro propietario).
03/05/2008 18:10
Fontanero !!!!!

Si el problema es saber qué dice, y no lo que tu entiendes, que puede ser muy respetable, pero es eso.

Y para mi no dice lo que tu entiendes.

Y no estoy mareando ninguna perdiz.

a) una manera. Que no se entiende en parte, porque no sabemeos qué significa "por representacion".
b) otra manera.
07/05/2008 19:54
Desde luego, los "padres de la patria"! (¡¡¡reclamo mi derech a quedarme huerfano!!!), no han hilado muy fino ya que delegación y representación pueden ser sinónimos.
La representación es:
Aquella en la que una persona, debidamente autorizada o investida de poder, otorga un acto jurídico en nombre y por cuenta de otra, recayendo sobre ésta los efectos normales del acto representativo.
Ósea que sobraban todas las j...ces que han puesto al efecto.
Resumiendo:
a) Representación.- Delegación a la que llaman Representación.
b) Delegación.- Representación a la que llaman Delegación.
07/05/2008 20:18
De un diccionario jurídico:
a) Representación: Sustitución de una persona en cuyo nombre se actúa.
b) Delegación: Acción o efecto de delegar. Otorgamiento de representación. Facultad que un juez o tribunal concede a una persona para que, en su nombre, conozca o intervenga en un trámite del mismo.