En nuestro caso, también padecemos los tejemanejes de cierto administrador y su mayor asociado: el presidente de la comunidad. Este presidente lleva ya más de 10 años al frente de la comunidad, y es un cargo que se busca el solito, se encarga de enviar al portero al resto de vecinos, sobretodo los afines, para que le deleguen el voto. Cuando no va el portero, va él en persona. Se llega a hacer más de 100 km para recoger votos...Su interés por la Comunidad y su presidencia llega a ser incomprensible. De hecho no sabemos si hacerle un monumento, y al administrador, o querellarnos contra ellos. Y me explico; tenemos una gran duda existencial: ¿pueden hacer pagos por importe de unos 100.000 € sin factura? ¿es lícito que se hayan destinado desde los fondos de la comunidad unos 100.000 € a la empresa constructora del hermano del administrador para hacer obras en el edificio y su entorno? sin aprobación de Junta, por supuesto, y sobre todo, ¿es reprochable que todo ello se haya hecho sin mandato de Junta? digamos que en nuestra Comunidad estas personas instauraron lo que varios copropietarios denominamos "la ley del rodillo", y me explico: somos una minoría cuya opinión no cuenta, sea lo que sea aquello que digamos siempre se hará lo que dispongan ellos dos, que para eso tiene mayoría de votos delegados el presidente. Se aceptan sugerencias y consejos. Como son tantas las dudas que tenemos estamos por irnos al Juzgado, a ver que dice la Justicia. ¡Ah! y como hay mucho incrédulo por estos foros, hemos conocido a algún que otro constructor que no quiere ni aparecer por nuestra comunidad porque afirman que el administrador les obliga a pagarle comisión, y no un 8 o 10 %, sino lo que el artista diga. Y ahora que hablen otros administradores que seguro escriben en estos foros...
Hola.
En mi opinión particular, presenta usted el "interés" del Presidente en buscar los apoyos (votos) necesarios para seguir de Presidente de una manera tendenciosa.
Se omite el hecho de que si el resto de propietarios le otorgan su CONFIANZA, y nada más ni nada menos que más de 10 años!!!, es un mérito del que ustedes no pueden presumir.
Sí, se pueden hacer obras sin consultar a la Junta. Léase la LPH. Sin especificar el tipo de actuación realizada sin "permiso", nada podemos concluir. Es tirar el pedrusco y esconder el cuerpo.
Nuevamente se intenta utilizar un dato que en sí mismo es irrelevante como "abono" para dar a entender "intereses bastardos". Que sea la "empresa del hermano, del primo o de su consejero espiritual" no tiene importancia. Al menos mientras la información no venga a acompañada con alguna sentencia condenatoria.
Dice que "instauran la Ley del rodillo"; se nota que ni tan siquiera se ha molestado en leer la LPH.
Pagar en "negro" y sin justificar debidamente es denunciable. No entiendo cómo nos cuenta la "historia" sin añadir que la Inspección de Hacienda les ha impuesto una sanción o lo que corresponda y/o sentencia judicial condenando por malversación de fondos (o al menos alguna actuación judicial "significativa").
(esto me recuerda la historia de un Administrador que una jueza "dejó irse de rositas" a pesar de que -según la denunciante- tuvo que devolver 40.000 euros, todo muy lógico y normal).
No se trata de ser incrédulo. Se trata de analizar los datos facilitados con rigor. Y con ese rigor, lo que se nos cuenta es ridículo.
Por supuesto que hay Presidentes y Administradores corruptos. Pero lo que no es lógico es contar historia de supuestas actuaciones que, por su gravedad, estarían siendo investigadas judicialmente por lo Penal. Buen ejemplo el blog de la Sra. Aramburu que, en su última entrada, tras años acusando de todo lo imaginable, nos habla de un problema de ruido de un grupo de presión y un aseo. Lamentable.
Es curioso que sólo por el título: administrador corrupto; tenga este post 76 entradas con ésta habiendose generado ayer día 16 y una sola entrada o contestación. Con la mía será la segunda. Llama mucho la atención este hecho y es que sin duda es un tema candente y de mucho interés, si bien, a este foro entran muchos administradores con ganas de aprender y de saber lo que se cuece en los temas de la administración. Puedo asegurar que entran muchos, pero en silencio, quedan detrás de la cortina.
Querer defender lo indefendible no es difícil, es imposible Señor miguelserco. Usted como profesional que debe ser, por la defensa que hace de los administradores, sabe que toda reforma no urgente en una comunidad debe ser aceptada en junta, presupuestada y aceptada la que más convenga a la comunidad, lo que conlleva nuevamente ser votada en junta, y nunca se debe hacer (se estaría infringiendo la ley y por tanto estaríamos en un presunto delito) hacerlo por mutis propio y al constructor que a mí me dé la gana, y menos, cuando es un familiar, entre otras cosas por que la sospecha es algo más que sospecha.
Usted cuenta, miguelsercos, que : (esto me recuerda la historia de un Administrador que una jueza "dejó irse de rositas" a pesar de que -según la denunciante- tuvo que devolver 40.000 euros, todo muy lógico y normal).
Mire, si quiere yo le expongo las numerosas noticias por fraude o estafas que hacen estos carteristas (como ya he bautizado en otras ocasiones a esos profesionales), que sin ningún tipo de escrúpulo o rubor, le meten la mano en la cartera a pobres e indefensos comuneros, (personas impedidas, pensionistas o con pocos conocimientos de leyes, etc...) inflando facturas (generalmente) o esfumándose con los dineros de miles de personas.
Cuando usted expone un caso ejemplarizante, debería meditarlo y mirar antes para atrás, para ver los atropellos por gente (seguramente con su misma profesión) hacen cada día a pobre gente, y para la prueba un botón:
Señores foreros y gente de bien, tengan cuidado con las personas a las que confían sus dineros, porque ni los bancos son seguros y menos, los carteristas,
Hola.
Fontanero, lea bien lo que yo escribí. NO se menciona en ningún momento el tipo de obra.
Y de paso, lea también la LPH, allí verá que no hay ninguna mención a "obras urgentes".
Por cierto, no soy ningún profesional del sector (de hecho estoy jubilado).
Y lo que defiendo no es lo indefendible, es la coherencia y la lógica.
Será al constructor que "me dé la gana" mientras sea una gestión legal. Y para rendir cuentas de la toma de una decisión, ya sea correcta o no, se hace ante la Junta de Propietarios, no ante un vecino o grupo de vecinos que quieren imponer sus "modos".
Y si se han cometido "presuntos delitos", pues se va al juzgado de guardia directamente y no se marea en los Foros despotricando absurdos sin sentido, como aquello de casi 200 plazas de garajes comunitarias "que no se sabe dónde están". Será que ocupan poquito.
Un saludo.
Sr. miguelserco, si usted a estas altura me dice que la LPH no dice nada de obras o medias a adoptar urgentes, me temo que me he equivocado con usted, creía estar hablando con una persona conocedora y experta en la ley. Un saludo y disculpe.
Hola.
12 millones de Comunidades en España. ¿Tan raro es que haya algún sinvergüenza que aproveche la confianza depositada en él para quedarse con "dineros" que no son suyos?
¿Sabes cuántos Agentes y Corredores de Seguros se quedaron con el dinero de sus clientes sin entregárselo a la Compañías aseguradoras?
¿Cuántos directores de Bancos hicieron una "caja" paralela a la de su oficina?
Y así hasta la eternidad.
Básicamente, esos delitos que usted referencia nada tiene que ver con la LPH.
Un saludo.
Hola.
"obras urgentes", le agradecería indicase en qué apartado lo menciona la LPH.
Y sí, creo que se ha equivocado conmigo. A mí no me han moderado nunca por insultar de forma genérica a nadie, y mucho menos a los profesionales de algún sector.
Un saludo.
Le voy a contestar por pura educación, pero sin duda me he equivocado con usted.
Usted pregunta:
12 millones de Comunidades en España. ¿Tan raro es que haya algún sinvergüenza que aproveche la confianza depositada en él para quedarse con "dineros" que no son suyos?
No le parecen muchas 12 millones, de dónde saca usted ese dato?
¿Sabes cuántos Agentes y Corredores de Seguros se quedaron con el dinero de sus clientes sin entregárselo a la Compañías aseguradoras?
Yo lo ignoro, dígamelo usted que parece saberlo.
¿Cuántos directores de Bancos hicieron una "caja" paralela a la de su oficina?
¿lo sabe usted? dígalo.
Y así hasta la eternidad.
Básicamente, esos delitos que usted referencia nada tiene que ver con la LPH.
Yo no he referenciado ningún delito de estos.....?????
Sobre obras urgentes ya lo expone el artº 20 en su punto C.
Le recuerdo que cuando no hay administrador, las responsabilidades de éste las tiene que asumir el presidente.
Si en su comunidad se estropea la puerta de entrada y hay riesgo de caída de la misma y riego para las personas que pasen por ella, ¿cómo la repara usted?.
Si una tubería de agua revienta ¿como la repara usted?.
Hola.
Obras, no reparaciones.
Una "obra" como la que se da a entender en el hilo, y de la que se habla de "pedir permisos" nada tiene que ver con el art. 20 que habla de las funciones del Administrador, no de "obras".
Salvo que ahora las "reparaciones urgentes" deban someterse a Junta también!!! :D
NO ha podido demostrar su afirmación y por supuesto no ha encontrado la referencia que le he pedido e intenta "tirar por la calle del medio".
Lamentable.
Un saludo.
Hola.
Revista Consumer;
(...)Se calcula que el 20% de los vecinos, de los doce millones de comunidades de propietarios que existen en España, tiene deudas con su finca. A la morosidad de los particulares se suma ahora la de los bancos y las promotoras (...).
Vaaaale, que a lo mejor son 11.999.999, otro día me pongo a contarlas para ver si el dato es exacto.
Un saludo.
Sr miguelsercos, perdone que me ría, pero veo que usted diferencia entre obras y reparaciones. Es evidente que la construcción de un garaje o una nueva planta no es una obra urgente, esto es lógico.
Corto.
1. a) Los trabajos y las OBRAS que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de CONSERVACION del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.
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12.000.000 de comunidades. Si hacemos una simple operación matemática y calculamos a "vuela pluma" 10 pisos por comunidades (tirando bajo) nos vamos a 120.000.000 de pisos y si calculamos a "vuela pluma" 1 vecino por piso (tirando bajo) son vamos a 120.000.000 de habitantes a esto hay que unirle los propietarios que viven en sus casas particulares al margen de comunidades ¿Cuantos habitantes tiene España? o está usted hablando de Brasil.....
Hola.
Para intentar justificarse, ha liado tanto las cosas que ya ni se acuerda de lo que estábamos discutiendo.
Le recuerdo:
Usted dijo;
"Sobre obras urgentes ya lo expone el artº 20 en su punto C."
A lo que ya le expuse que no existe ninguna mención a obras urgentes.
Y la diferencia entre obras y reparaciones, era referido a las funciones del administrador.
Pero "mire usted", consultado el histórico, he comprobado con quién estoy discutiendo (lo siento, mi memoria es bastante mala), por lo que considero zanjado el tema.
Un saludo.
Pues Don Miguelsercos será todo lo que ustedes digan, pero la primera respuesta que da el 17/01/2014, me parece correcta y la comparto, que quieren que les diga (en el resto de respuestas ni entro).