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Administración desleal

8 Comentarios
 
Administración desleal
17/02/2006 01:35
El otro día un amigo hablaba de que a un conocido le acusaron de apropiación indebida, pero le condenaron por administración desleal. ¿En que consiste cada delito? ¿En qué se diferencian? Este amigo afirma que consisten en lo mismo, prácticamente.

Gracias por adelantado.
17/02/2006 10:47
La gestión desleal de patrimonio ajeno es una modalidad de apropiación indebida.

La diferencia radica en que en la apropiación indebida el autor incorpora el bien ajeno del que es poseedor a su patrimonio, con ánimo de lucro. Este elemento de hacer suyo el bien es necesario, al igual que el ánimo de lucro.

Gestión desleal la comete el administrador cuando perjudica patrimonialmente a su principal, aunque el bien (normalmente dinero) no se incorpore al patrimonio del administrador. No es necesario un ánimo de apropiación, sino únicamente de perjuicio.


Salvo mejor criterio. Saludos.
17/02/2006 10:52
Perdona, quería decir que es necesario un ánimo de perjuicio, o únicamente su conocimiento, el conocimiento de que se está perjudicando.
17/02/2006 19:35
Muchisimas gracias, Ana.
17/02/2006 23:40
No hay de qué.
19/02/2006 13:23
Hola otra vez. Perdona si abuso de tu paciencia.
y la diferencia entre apropiacion indebida y hurto?
Gracias de nuevo.
19/02/2006 13:41
Apropiación indebida: el sujeto se apropia de un bien cuya posesión tiene.

Hurto: el autor extrae el bien de la esfera de disposición de la víctima.

Salvo mejor opinión. De nada, Tomy.
21/02/2006 00:56
Mil gracias otra vez. Te perdono lo de "Tomy".

Con afecto: Tony.
21/02/2006 16:37
Fue un lapsus, disculpa. Un saludo, Tony.