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Adjudicacion de herencia, omisión de una propiedad

5 Comentarios
 
Adjudicacion de herencia, omisión de una propiedad
27/08/2017 18:22
En el mes de febrero 2016 fallece la madre, el padre vive y tienen testamento abierto del uno para el otro.

En el mes de julio 2016 se hace ante notario la renuncia y aceptacion y adjudicacion de herencia, para el padre y los tres hijos, hasta ahi todo correcto.

En noviembre 2017 el padre vende una propiedad que no fue incluida en dicha reparticion porque según parecía era propiedad exclusiva del padre y a fecha de hoy repasando papeles se ve que dicha propiedad, pertenecia a los dos madre y padre, pues lo adquirieron por donacion cuando ya estaban casados, bajo el regimen de gananciales.
Las preguntas concretas son:

1.- Es legal vender dicha propiedad, como si solo fuera propietario el padre, cuando en realidad también pertenecía el 50% a la madre por gananciales?

2.- Como es posible que el notario accediera a dicha venta, siendo una propiedad al 50% y no estando recogida en la repartición de herencia efectuada en el mes de julio?

3.- Que puede pasar si se averigua que dicha propiedad se ha vendido sin estar recogida cuando se realizo la adjudicación de herencia?

4.- Dicha venta se realizó mediante poder que el padre dio a uno de los hijos, que estaba muy interesado en vender, y el dinero de la venta ahora está en la cuenta corriente del padre, donde él es titular, y autorizados sus hijos, pregunta si algún día desaparece ese dinero, tienen posibilidad los otros 2 hijos que no participaron en dicha venta en reclamar no solo el tercio que les correspondería de su padre, sino también de la parte de la madre y que no se recogio en la repartición de herencia?

5.- Caso de ser necesario, como pueden defenderse los 2 hijos que no participaron en la venta y que además sospechan que el que lo vendió, sí sabía de siempre que la propiedad tendría que haber entrado en el reparto hereditario cuando muere la madre?

Espero sus respuesta, muchas gracias
27/08/2017 19:28
Loru2
Las donaciones son, al igual que las herencias, privativas, da igual que estuviesen casados en gananciales, si fue el padre quien recibió la donación y en las escrituras de esa propiedad no figura el nombre de la madre entonces tiene todo el derecho a vender.
¿Se vendió realmente ante notario o mediante un contrato de compra-venta privado? Comentas que firmo un poder notarial para que un hijo le representase en la venta pero no que se formalizase ante notario. De figurar el nombre de los dos en esas escrituras, padre y madre, el notario exigiría la presencia de ambos porque de lo contrario se le podría caer el pelo.
Los vienes de una persona son de ella hasta el momento del fallecimiento, puede gastarse hasta el ultimo céntimo sin tener que justificarse ante nadie, otra cosa es que esos bienes los done a un heredero, entonces si que podría dar el caso de que el heredero que recibe la donación tenga que compensar al resto de herederos.
Tendríais primero que demostrar con documentación que esa propiedad realmente pertenecía a los dos cónyuges para luego emprender acciones legales al no incluirse en el testamento y terminar demandando a la notaria que acepto donación.
Pero repito, que un matrimonio este casado en gananciales no implica que fuesen los dos los que recibieron la donación y puede darse perfectamente el caso de que esa propiedad fuese tan solo de uno de ellos.
28/08/2017 14:11
Loru2
Gracias por su respuesta, sí efectivamente, esa propiedad la compró la abuela, es decir, la madre del padre y cuando esta fallece ella, el abuelo osea el padre del padre la dona a sus 2 hijos, y es en esta Escritura de donación donde figuran fulanito casado con fulanita y fulanita casada con fulanito, pero por lo que entiendo que me dices esa donación se considera una herencia y es privativa del hijo y no de su cónyuge, aunque figure en la Escritura de donación, es así?

Ya entiendo que cada uno puede hacer con sus bienes lo que quiera y como quiera hasta que fallece, pero la duda es, si se saca el dinero del banco y se lo da a uno de los hijos, sin decirlo y sin que esto se pueda demostrar, los otros hijos no tienen derecho sobre ese dinero?

Gracias
31/08/2017 19:18
Loru2
Si no lo puedes demostrar, lo tienes complicado.
Si lo puedes demostrar, puedes pedir la colacción y que se incluya como mas importe en el total de la masa hereditaria.
02/09/2017 00:48
Loru2
Siguiendo con el mismo tema, si el padre con el dinero que ha obtenido de la venta de esa propiedad, dinero que está ahora en el banco, él como titular y sus tres hijos autorizados, él saca el dinero y lo emplea en la compra de un piso que:

1.- lo pone directamente a nombre de un hijo
2.- lo pone a nombre de un nieto
3.- lo pone a su nombre y después se lo deja en herencia a uno de los hijos

Pregunta:
los otros 2 hijos, tienen derecho a reclamar algo en cualquiera de estos supuestos?

A la espera de su respuesta, un saludo.
02/09/2017 08:39
Loru2
Sobre los dos primeros puntos, El dinero siempre deja un rastro, por ejemplo hay que demostrar ante hacienda que tenias ese dinero para pagar una propiedad, pero si ese dinero procede de una donación parte hay que justificarlo y pagar los correspondientes impuestos.

Es en el futuro, cuando falte el padre, cuando te tocara demostrar que esas propiedades han sido obtenidas gracias al dinero del padre y tendrán que certificar como lo recibieron, donación préstamo, y sera entonces cuando, si hay alguna duda o irregularidad de como accedieron a ese dinero cuando reclames la parte que te pueda corresponder.

Y si es en el caso del punto tres, pues mientras que no afecte a la legitima pues no podréis reclamar nada.