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Adjudicación bienes

4 Comentarios
 
Adjudicación bienes
03/12/2015 10:32
Que consecuencias patrimoniales podrían concurrir contra la masa hereditaria en el caso de que uno de los coherederos no haya presentado liquidación de sucesiones por su porción individual en el plazo legal establecido en 6 meses ( dolosamente ya que su cuota individual era 0 ) Hace casi dos años que falleció mi madre y ahora que toca ir a realizar las partijas nos encontramos con que mi hermana no atendió a sus obligaciones legales a efectos del impuesto de sucesiones. Por otra parte tengo entendido que sin liquidar sucesiones no puede realizarse la partición.
03/12/2015 18:51
El impuesto de sucesiones es responsabilidad de cada heredero en su cuota. Repartir la herencia es necesario para conocer qué tiene que pagar cada uno.
03/12/2015 21:19
Uhmmm... El modelo 650 (impuesto de sucesiones y donaciones) es único. Cada heredero no rellena el suyo, sino que se entrega un único impreso con la relación de las propiedades objeto de la herencia y una hoja expecifica con los datos de cada heredero, al objeto de que Hacienda gire la liquidación que proceda a cada uno, ó el ingreso ya realizado en el caso de autoliquidación.
Por lo tanto, no procede que cada heredero presente liquidación por su porción individual.
03/12/2015 22:55
Perdón. Autoliquidación.
04/12/2015 11:52
Ya, autoliquidación, eso ya se realizó en su día para pagar el impuesto de sucesiones, fué presentado ante la oficina liquidadora correspondiente en la cual dejaron constancia y relación de los bienes del otro legitimario y el motivo de presentar todo separado.
En este momento estoy iniciando la tramitación para la partición propiamente dicha y la adjudicación individual de los bienes a cada una, de ahí mi duda. Mi hermana no presentó la liqui de sucesiones, ¿Puede ejercer su derecho individual para la consolidación de los bienes adjudicados en pleno dominio y consecuentemente inscribir o previamente deberá presentar la liqui de sucesiones ? Por otra parte, no quisiera ver el cuaderno particional invalidado por un defecto de forma imputable a coheredera. ¿ Que opinais ?. Muchas gracias