Buenas tardes, tengo una pequeña duda, me deben 2 cantidades distintas de dinero de 2 obras que realicé para la misma empresa en localidades diferentes, ¿podría acumular las 2 cantidades en una sola demanda o tendría que iniciar otro procedimiento separado del primero para cada una de las cantidades de cada obra?.
¿Donde puedo encontrar legislación sobre el tema?
Gracias de antemano.
Puede usted seguir un solo procedimiento para reclamar las dos cantidades. La legislación aplicable al tema son los artículos 71 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.