Buenas tardes en mi comunidad aprobaron el cambio de unas puertas sin estar incluido en el orden del dia, debido a la importancia de la cantidad y a la falta de forma decidi impurnar dicha junta y devolver los recibos que acordaron pasar como derrama, ahora se va a realizar una nueva junta esta vez es extraordinaria y en la carta de la convocatoria me ponen como moroso es correcto y de ser asi que debo hacer para no serlo, la junta es el dia 18-06-2012 saludos
La impugnación del acuerdo hay que hacerlo en el juzgado. Si usted no lo hizo y no ha efectuado ese pago, usted es moroso.
El periodo de impugnación es de tres meses desde que se toma el acuerdo, y de un año si son acuerdos que van en contra de la ley como es su caso.
rani:
Por lo que dice, al parecer usted ha "impugnado" solo ante la Comunidad y eso no tiene validez.
Si ha pasado mas de tres meses de la Junta o de la remisión del acta, sin impugnar en el juzgado, el acuerdo ya es válido y usted moroso.
Tendrá que pagar antes de la nueva Junta, si quiere tener derecho a voto.