Me surge esta cuestión en muchos arrendamientos: si ha transcurrido una anualidad y no se ha actualizado ipc según reza el contrato. en los años sigueintes cuando se actualice, se va acumulando? o únicamente se puede subir una anualidad?
Es posible recuperar las anualidades de revisión no realizadas, hasta un período de cinco años.
Pero nunca con efectos retroactivos.
Use ésta calculadora del INE:
https://www.ine.es/calcula/?lang=es
Pero en caso de alquiler de vivienda habitual, recuerde que el gobierno ha introducido un tope en la actualización del 2 % para revisiones a partir de 1 de abrildel 2022: Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, art. 46. Y la nueva Ley del Derecho a la Vivienda fija un límite del 3 % para el año 2024.