Es posible recuperar las anualidades de revisión no realizadas, hasta un período de cinco años.
Pero nunca con efectos retroactivos.
Use ésta calculadora del INE:
https://www.ine.es/calcula/?lang=es
Pero en caso de alquiler de vivienda habitual, recuerde que el gobierno ha introducido un tope en la actualización del 2 % para revisiones a partir de 1 de abrildel 2022: Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, art. 46. Y la nueva Ley del Derecho a la Vivienda fija un límite del 3 % para el año 2024.
Me surge esta cuestión en muchos arrendamientos: si ha transcurrido una anualidad y no se ha actualizado ipc según reza el contrato. en los años sigueintes cuando se actualice, se va acumulando? o únicamente se puede subir una anualidad?