Hola. Mi contrato cumplía su primer año el 8 de septiembre. Hoy 13 de octubre todavía no tengo noticias de su actualización. Si el 31 de diciembre no se renovara el Real Decreto y el casero quisiera actualizar la renta en algún momento de 2023 ¿podría hacerlo con el IPC, como pone en el contrato, o debería aplicarse el IGC porque era lo vigente en el momento en el que debería haberse actualizado el contrato? Muchas gracias.
Si su contrato es de septiembre, se tiene que aplicar el ipc de septiembre, independientemente de cuándo se lo comunique, así que deberá aplicar ese 2% como máximo, además de que se debe aplicar el mes posterior a su comunicación