También, pero son conceptos distintos. La minuta que Vd. acertadamente indica, es la de honorarios. Pero minuta es también el documento que contiene las instrucciones o partes esenciales de un documento para formalizarlo posteriormente, en este caso, sería la minuta notarial. Es terminología que se utiliza entre profesionales (amparada por el diccionario de la RAE), quizás por ello no le suene como es lógico.
La minuta no es,¿la nota escrita en la que se expresa la cantidad de dinero que hay que pagar a un profesional por su trabajo, especialmente a un abogado?.
Simplemente ha de acudir a una notaría y expresar su deseo de que se levante un acta notarial del estado de un imueble.Es el notario el que se desplaza al lugar para levantar ese acta.
Me agradaria que alguin me facilitara el texto del escrito que debo presentar ante un notario solicitandole el levantamiento de acta con presencia y fotografia de un inmueble al que tengo que acceder, con el objeto de dejar constancia escrita y grafica de su estado.