"Autor: Orihuela Fecha: 13/01/2014
Pues a mi me acosaban con 3 y 4 llamadas diarias, y a casa de mis padres tambien, una empresa contratada por Vodafone. Fui a comisaria con las llamadas, la empresa que me acosaba, sus administradores y dirigentes con nombres y apellidos, dirección de dicha empresa, hora y fecha de las llamadas, etc."
Vamos, que no me invento yo que te llamaban 3 ó 4 veces diarias!!!
"Y este indeseable sí ha intentado engañar a Anier91 (leer los posts iniciales, hasta la sentencia) diciendole que no tiene nada que hacer, que no es sancionable. Y eso sí es de ser un malnacido." Fin de la cita.
Ahora, dime, dónde y cuándo me he dirigido yo a alguien que no seas tú? Lo de anier puede ser perfectamente un delito de violencia de género, nada que ver con lo tuyo que es un problema de intelecto.
Sobre la sentencia que erre que erre vuelves a mencionar. No te enteras y no me voy a molestar en volver a intentarlo, por aquello del dicho: "No intentes enseñar algo a un burro, perderás el tiempo y aburrirás al burro." O algo así.
Grabar una conversación con alguien mientras el que la graba es uno de los interlocutores no necesita de consentimiento previo ni aviso por parte de nadie para que sea perfectamente legal. De hecho, es perfectamente legal llamar a alguien y grabarlo, siempre que el que graba sea uno de los que habla.
El problema de Orihuela puede ser o no constitutivo de ilícito penal, ya sea falta o delito. Pero se tendrían que tener más datos. A mi parecer, en principio, no lo es, o como mucho es una falta.
No soy juez, así que no sé si es delito o falta, solo opino. Y opinar es libre. Pero soy abogado, y lo hago desde mis conocimientos. Estaría encantado de llevarte cualquier querella que quisieras interponer. Pero desgraciadamente, cobrando. Con un presupuesto y hoja de encargo, eso sí. Pero cobrado desde el primer momento. Es lo malo que tiene trabajar, que todos queremos cobrar por su trabajo.
Los problemas de Delcantabrico y Anier son totalmente diferentes al de Orihuela. La única similitud es que se usa un teléfono para cometer el ilícito, pero la base del mismo es de otra naturaleza.
lsd2:
Si bien el tema se presta a controversia, es por ello que introduje en un post anterior (sí, repasad, repasad) lo de la LOPD, la cual en su art. 5 establece:
"se considera que siempre que quien haya de realizar el tratamiento tenga conocimiento directo o indirecto de quién es la persona cuya voz está siendo objeto de grabación, así como de su número de teléfono, la grabación efectuada tendrá la naturaleza de dato de carácter personal y el tratamiento efectuado estará sometido a la normativa de protección de datos, al incorporarse al mismo los datos identificativos del sujeto (nombre y apellidos), su número de teléfono y su voz, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.a) de la LOPD y el artículo 1.4 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, que indica que dichos datos podrán proceder de información acústica."
También es interesante en este punto la Resolución R/381/2004 (pdf) en la que se sanciona al Ayuntamiento de Lepe por grabar las llamadas a un número de emergencias, y que la AGPD resuelve obviando una cuestión fundamental en el tema de grabar las conversaciones mantenidas con terceros como es el de la necesidad de consentimiento previo para el tratamiento de los datos, en este caso la voz.
El artículo 5 LOPD regula el deber de informar previo a la recogida de los datos, pero sería absurdo informar de la realización de la grabación en muchos casos pues el contenido de la misma perdería gran parte de su valor.
E insistís en confundiros: QUE YO NO TENGO NINGUN PROBLEMA, solo trato de informar a Anier91 y que tome sus decisiones, y lo hago sin tener porqué, de buena fe y aún a riesgo de equivocarme.
Y tú, aun siendo abogado, supongo que perderás juicios alguna vez. O sea, que igual hay veces en las que no llevas razón. Y, sí, por supuesto que opinar es libre y tu opinión es valiosa, no lo dudo.
En relación a tus cáusticos comentarios sobre cobrar, y sobre que por trabajar hay que cobrar, etc., creo que sobran (dicho sin "acritud"). Por descontado, hasta ahí llegamos, y eso sin estudiar derecho. Otros han estudiado económicas y cobran por su trabajo.
De todas formas, y ya que sacas el tema, la ética en el colectivo de abogados, Colegios Profesionales, etc., está por los suelos, perdona que te diga. Y lo de la hoja de encargo, etc., permite que me descojone: ¿quien la usa? Los primeros que no quieren ni verla son los abogados, para que no quede constancia de sus fechorías y de cómo marean a sus clientes, y, claro, todo cobrando desde el primer momento. Lo malo es que el segundo momento igual es una gran metedura de pata del abogado; entonces, ¿qué? Si, el tema de la provisión de fondos da mucho de sí. Y desde luego, dudo mucho que entables una querella con Vodafone, y dudo mucho que tengas medios para ello.
E insisto en tu último párrafo: QUE YO NO TENGO NINGUN PROBLEMA. Que solo inventais. Que el problema es de acoso telefónico y que el/la afectada responde al nick de Anier91. ¿Queda centrado el debate?
Pues si queda centrado, e independientemente de la base del problema: ¿hay acoso o no lo hay si llamas a las 3 de la mañana todos los dias a un teléfono para molestar? Según vosotros, no.
Y así anda el mundillo de la justicia.
Y, disculpe, sin ánimo de importunarle: siempre que pueda evitaré dar de comer a uno de los 300.000 abogados que pululan por España (sólo en Cataluña hay más que en toda Francia), colectivo corporativo, donde todos se tapan a todos y hay fechorías más que inconfesables por parte de profesionales que se han pensado que son dioses y que su palabra es la ley. Hasta que pierden el juicio, y entonces el juez es que es muy malo.
En cualquier caso ya veo vuestro tono cuál es, pero seguís sin ponerme un ejemplo de acoso. Para vosotros, ¿qué es acoso? Insisto: ¿a qué horas se puede llamar y cuántas veces al día, para ser considerado acoso? ¿Existe el acoso?
Un saludo.
Pero hay mucha más información al respecto. En estos casos ¿qué dice la hoja de encargo? ¿Y el abogado irá informando por escrito a su cliente de todas las gestiones efectuadas? ¿Le informará por escrito que lo que pretende denunciar ni es acoso ni está perseguido? JA
¿Y además hay que pagar a semejante picapleitos?
Orihuela, una cosa me ha quedado clara: eres una persona de carácter (por favor no te lo tomes a mal).
La verdad es que he incurrido en un error porque en un primer momento entendí que tenias un problema que estaba pendiente de solución.Me alegra profundamente que lo hayas resuelto.
No obstante, me gustaría decirte que creo que la falta de entendimiento existente en este foro gira en torno a los términos empleados, que quizás no sean lo más apropiados. Lo que lsd2 trataba de decirte es que el problema que planteabas, es decir, el de las llamadas telefónicas de las empresas de recobros, judicialmente no se cataloga como acoso, si bien podíamos encontrarnos ante un delito o una falta de coacciones; da igual como le llamemos, que hablemos de acoso o de coacciones, lo importante es que el hecho en sí es denunciable siempre que puedas acreditar que has recibido multitud de llamadas y sobre todo que los términos empleados son amenazantes.
Las grabaciones de voz son legales y pueden utilizarse como prueba siempre que se realice por uno de los intervinientes y no afecte a reservas de intimidad de los otros. Es una prueba válida pues no vulnera ningún derecho fundamental de los otros y al mismo tiempo sirve al ejercicio del derecho fundamental de tutela judicial (derecho a la prueba, art. 24, 2 CE) del que graba.
Respecto a la labor de los "picapleitos", entiendo que hay de todo como en botica, habrá abogados buenos, malos y regulares. No es lícito condenar a un gremio porque alguno de sus miembros no actúen correctamente, como no se puede cargar contra el sector médico porque un médico sea un "matasanos". Las generalizaciones casi siempre incurren en error, suelen ser insanas y pueden herir la sensibilidad de quienes se vean afectados. Si afirmas que todos los abogados se mueven por dinero, has de entender que un abogado se sienta aludido e incluso herido por ese comentario (los abogados también tienen corazón). No sé cual es tu oficio pero entiendo que cualquier comentario despectivo del mismo no ha de ser de tu agrado.
Un saludo
Volatil, buenas noches:
Mira, no tires la piedra y escondas la mano; ¿qué quiere decir de carácter? ¿no reirle la gracia a los funcionarios de justicia y resto de satélites anexos a ese gran negocio denominado "justicia"? A mi tambien me ha quedado claro que tú eres una persona corporativa y que sigue a la masa con las normas establecidas, y poquito espíritu de lucha. Por favor, no te lo tomes a mal, pero es dificil hablar con alguien que, sistematicamente, va a dar la razón al poder que impera en cada momento. Porque así no avanzan las sociedades (Rousseau, El contrato social).
Dices que las llamadas telefónicas no se catalogan como acoso; y, ¿tú podrías decirme dónde está ese catálogo que no las califica de acoso? Creo que en el último post queda claro. Hay que leer. Acreditar haber recibido numerosas llamadas a diario desde un teléfono concreto (concretamente fue el 912993272) es muy sencillo. Sólo hay que pedirlas a la operadora (ONO en este caso), y tendrán constancia seguro. Pero no se quiere investigar, segun Kapi las comisarias estan para cosas más importantes (como echar la partidita de dominó y cosas así). ¿Los términos empleado amenazantes? En fin, despues de 100 llamadas los términos empleados son superamables y educados, está claro. Ellos acosan, pero educadamente. Insisto: lee los últimos posts que os puse sobre la manera de actuar de esta gentuza de Vodafone.
Y, en el post anterior lee la jurisprudencia que impide grabar sin antes avisar (mira, me ha salido un ripio); y matiza que también es cierto que si avisas, no vale de nada la conversación, pues el otro, consciente que lo están grabando se comportará. Amén de que una conversación telefónica es facilmente manipulable. Lo que no son manipulables son las 100 llamadas efectuadas. En cualquier caso, me gustaría que algún juez (o en su defecto, autoridad) les preguntase qué pretenden con esa actitud, a ver qué dicen. Y, sí, empieza a haber sentencias a favor del ciudadano. Mal que les pese a algunos abogados que solo quieren procesos largos y farragosos, para justificar unos más que dudosos honorarios.
Bueno, y lo de los abogados, pues daría para un hilo completo, pero:
1) he conocido muchos y ninguno con ética.
2) uno laboralista me dijo que si el abogado no ve nada que ganar con el pleito, ni te escuchará; muchos cuando les llevo un tema me preguntan, primero de todo, si la otra parte es solvente. Si no lo es no quieren seguir hablando.
Pero ya le digo, daría para un hilo completo y bastante extenso; a falta del mismo, pido disculpas si algún abogado honrado se ha sentido ofendido.
Y para terminar, porque ya me estoy cansando, un chiste de abogados (pero de buen rollo, eh?):
"Ya sabe que cualquier cosa que diga podrá ser utilizada en su contra" "Bah, no pienso decir una palabra si no es en presencia de mis ratas".
El problema fundamental es que no sabes muy bien de lo que hablas, pero no por mala fe, si no por falta de conocimiento ante el tema.
Las grabaciones son legales como prueba si las graba uno de los que interviene, sí o sí. No hay más. Otro tema es que los grabe un tercero (caso del ayuntamiento de Lepe), o que se difundan según lo que se diga en ellas en virtud de la LOPD. Pero en un juicio, son totalmente legales. Y grabarlas también lo son. Y no hay que avisar a nadie de ello. Punto. Y eso no es signo de discusión desde hace mucho tiempo.
Te paso aquí algunas sentencias y artículos doctrinales mejor fundados:
Para que lo comprendas mejor: a Garzón se lo pasaron por la piedra porque grabó una conversación entre un señor y su abogado (pero Garzón NO estaba presente, ni era un interlocutor en la conversación). Lo mismo te pasaría a ti. si intentas grabar una conversación en un bar entre las dos personas de la mesa de al lado. Pero si tú hablas conmigo, de lo que sea, tanto tú como yo podemos grabar la conversación sin tener que avisar al otro. Que eso te quede claro.
Por otro lado, como bien te dicen arriba, las llamadas pueden contener acoso, pero el acoso como tal es un delito del 184 CP, y quizás tú te refieras a las coacciones del 172 CP o a hechos contra la integridad moral del 173 y ss CP.
No pasa nada. Simplemente no lo sabes, cosa que evidentemente no es mala ni te califica como tonto o ignorante, simplemente que tu formación es de otro campo que no es el jurídico (yo no tengo ni la más remota idea de química, albañilería o de ingeniería, por ejemplo. ). Y por tanto, no comprendes muchas cosas. Y como no las comprendes, no intentes encerrarte en banda y decir que llevas razón, porque tal vez no sea así.
Es lo que todos intentan explicarte. Lo que tú ves evidente como situaciones análogas, no lo son. Están muy lejos de serlo. Y si bien las circunstancias de Delcantabrico te pueden parecer similares a las tuyas, están muy lejos de serlo jurídicamente.
De igual manera, has de comprender que ante situaciones iguales, la respuesta del sistema ha de ser igual, pero ante situaciones diferentes, la respuesta obviamente ha de ser diferente. Y tu situación es muy diferente a la de Delcantabrico o Anier. Y por lo tanto, la respuesta del sistema ante esa situación ha de ser diferente. Y lo que te intentan explicar es que si bien tu situación puede ser injusta, no es el derecho penal el que probablemente deba dirimir sobre ella, si no quizás otro orden, vía protección de los consumidores, administrativo, civil o el que sea.
Y como final: Por supuesto que pierdo juicios. ¿¿¿¡¡¡Qué duda cabe!!!??? A veces porque la otra parte es mejor que yo, a veces porque la otra parte tenía razón, a veces porque yo no tengo razón, a veces porque la justicia no me ampara aunque yo quiera. Es que es ley de vida. En un juicio siempre siempre siempre, hay una parte que gana y otra que pierde, y a veces ambas ganan y ambas pierden. Pues no todo el mundo puede tener razón siempre en todo. Pero como te dije antes, si quieres te llevo el caso, sin problema. Cobrando, eso sí. Y con hoja de encargo por delante. Para que no tengas quejas. Lo que hagan otros abogados me da igual, y si ellos no quieren hacerla o huyen de ella me da lo mismo, es su problema. Yo si te trabajo a ti te hago una hoja de encargo, y te hago factura de todo lo que me pagues. Y recibos. Y pago el IVA. Y lo que me pidas, siempre que me pagues. De esa manera ambos cumplimos nuestras obligaciones mutuas. Pero no pidas que otros cumplan y tú no lo hagas. Si pagas, vamos pa'lante. Si no, no te lo llevo. Fácil.
Tras leer detenidamente su post, llego a tres conclusiones:
a) Usted entra al foro buscando clientes. Lo dicho, sois 300.000 abogados en España y no hay para todos. Pero, por favor, le ruego no insista en la hoja de encargo ni en sus honorarios, pues yo no voy a contratarle, JAMAS.
b) Ya descalifica sus argumentos esa consabida frase que en caraduras e indeseables siempre escuchas: es que usted no entiende, es que usted no ha estudiado derecho, es que yo soy Dios, Pero, no se olvide que uno de los medios de interpretación de las leyes es el sentido común, y lo es; y no vale decir: es que usted cuando nace su padre ha de matricularlo en derecho, porque sinó a callar, y se hace lo que diga el abogado. Me recuerda usted al anterior ministro de justicia, cuando un día declaró, ante las preguntas de un periodista, que lo que deciden los tribunales superiores de justicia está decidido por personas muy inteligentes, por eso han llegado ahí, decía, y los ciudadanos no entendemos, por lo que hay que ponerse en sus manos. Excusas de mal pagador.
c) La conclusión más hiriente es que me parecen sus argumentos una burla; vale, pues burla no superada: mire usted, la primera referencia jurídica que indica usted en su post no tiene nada que ver con el asunto del hilo en el que intervenimos, pues solo habla de videograbaciones, de supuestos de vía pública y de investigaciones periodísticas, así como de el derecho a la propiedad privada, inviolabilidad del domicilio en sentido amplio, etc. A la segunda no se puede acceder: ponga usted bien el enlace. La tercera versa sobre un conflicto laboral en el que una Mutua (Asepeyo) no está de acuerdo en las actuaciones de un trabajador en su puesto de trabajo. ¿Esto es una burla o esto qué es? Comente usted los párrafos que corté y pegué en un post mío anterior, donde la jurisprudencia especifica la obligatoriedad de advertir a un interlocutor de la grabación que se va a efectuar de la conversación a mantener. Pero de eso no dice usted nada.
Y que te quede claro que Garzón introdujo micrófonos en la sala de visitas para grabar conversaciones, y que él sostiene que eso sí se puede hacer en determinados supuestos, igual que usted mantiene que se puede grabar a la gente a traición y sin avisarla que está siendo espiada.
Y la diferencia entre acoso y coacción es similar a la de la cola de un cine y la cola de un perro; y sigues sin definir acoso, sin decantarte por explicar si llamar todos los días a las 3 de la mañana es acoso o no lo es; según tu no lo es. Pero eso, probablemente, será hasta que te pase a ti. Y sigo esperando ese catálogo donde figura que el acoso no es sancionable.
No pasa nada; es, simplemente, que hay crisis y hay que clavar a los clientes con la ley que esgrimes, la cual muchos no sabrán ni interpretar. Buscas que se pongan en tus manos, y jamás reconocerás cuando la cagues que la has cagado. Tampoco yo soy taxista, y dudo que tú seas abogado. Al menos este afán por hacer clientes te define.
En referencia a lo de las situaciones análogas, eso será un juez quien debería determinarlo (previa una seria labor de instrucción, que dudo mucho se realice en el juzgado, y que dudo más todavía que un abogado insista y pelee por los derechos de su cliente, para conseguir dicha instrucción seria). Mire usted, esto es otra de sus consabidas fórmulas de despiste cuando no va a sacar nada de todo esto: análogo es coger el teléfono 10 veces diarias para molestar a alguien, análogo es llamar a horas inoportunas y análogo es intentar hacer daño con un objetivo concreto y premeditado. Es como los jueces, cuando ponen: “Si bien es cierto que….. no menos cierto es que….. con lo cual hago lo que me da la gana”. Análogo al mal criterio de un “profesional” son los criterios que utilizan en los juzgados: el juez no aplica lo que dice la ley, sino lo que él dice que dice la ley, o sea, hace su santa voluntad. La única diferencia con usted es que su voluntad no cuenta para nada. Pero decir que como usted es abogado aquí todos a callar, me parece infame.
Conclusión: ¿se puede importunar a un ciudadano con 10 llamadas diarias? ¿Y con 50? ¿A las 3 de la madrugada? ¿Usted lo ve correcto y lo ampara? ¿Quiere usted transmitir a su cliente que no está claro, que hay que verlo, que es que resulta que el art. tal y cual lo permiten, que su minuta asciende a tanto? En definitiva, sigo sin saber qué es acoso. Sólo se lo que es un abogado de más que dudosas intenciones.
Conclusión: ¿se puede importunar a un ciudadano con 10 llamadas diarias? ¿Y con 50? ¿y si son 100? ¿A las 3 de la madrugada? ¿Usted lo ve correcto y lo ampara? ¿Quiere usted transmitir a su cliente que no está claro, que hay que verlo, que es que resulta que el art. tal y cual lo permiten, que su minuta asciende a tanto? En definitiva, sigo sin saber qué es acoso. Sólo se lo que es un abogado de más que dudosas intenciones.
Y tu último párrafo, sinceramente y sin que te molestes, es de Faemino y Cansado; reconoce que se lo has copiado:
“Si pagas, vamos pa'lante. Si no, no te lo llevo. Fácil.”
Jajajjaj. Y tan fácil. Porque…. ¿y a ti quien ha tenido la más mínima intención de encargarte nada?
Ahora, eso si: solo puedo aconsejar a Delcantabrico que ni borracho se le ocurra contratarte para nada. Pero ni de taxista.
Y revisa los únicos tres enlaces que has posteado, porque no tienen nada que ver con el objeto de discrepancia. Se ve que estabas muy centrado en ver cómo colabas lo de la hoja de encargo, que no es la primera vez que lo haces; pero no cuela.
Lo demás son apreciaciones interesadas de un mal profesional, que hace mucho que no son objeto de debate. Y punto.
Un saludo
En respuesta a tu anterior post, me gustaría hacerte algunas matizaciones:
1º.- No he tirado ninguna piedra y por supuesto no he escondido la mano. Con mi matización trataba de relajar los ánimos y aportar un toque de humor, del que quizás carezcas.
Esto, salvo que yo esté en un error, es un foro donde cada cual da su opinión a su leal saber y entender. Posturas contrarias o contradictorias no justifican la perdida de modales y el insulto gratuito.
2º.- No soy una persona corporativista, simplemente entiendo que en "todos" los gremios, existen buenos y malos profesionales. Es mi opinión y entiendo que no la compartas, pero también entiendo que es respetable. Yo no me he servido de calificaciones innecesarias para indicar que no estoy de acuerdo con tus argumentos, simplemente explico los míos. He de reconocer que las generalizaciones siempre me dieron grima por su inconsistencia y por eso no afirmo que seas una inconsistente - postura fácil -; no le conozco de nada y no sé cuales han sido sus experiencias, por eso me limito a afirmar que considero que está en un error.
3º.- En cuanto a mi espiritu de lucha indicarle que usted no tiene el placer de conocerme, por lo que su afirmación me parece tendenciosa y aventurada. Es cierto que suelo explicarme de una forma moderada y con educación, actitud que en poco o nada está reñida con el espiritu de lucha. Siempre entendí que las formas son un requisito indispensable para hacerse entender y que la educación es lo último que se debe perder. Cuando uno tiene razón no tiene que recurrir al insulto fácil porque en ese preciso momento empieza a perderla.
La agresividad verbal en ocasiones es divertida (he de reconocer que algunas de sus intervenciones me han parecido entretenidas, es usted una persona que da juego), pero cuando esa agresividad es reiterada cansa al más templado porque convierte una conversación que puede ser divertida y amena en una conversación bizantina que por su propia naturaleza es tediosa.
Un cordial saludos