(Establece el art.161 que los "Tribunales no podrán variar, después de firmadas, las sentencias que pronuncien; pero sí aclarar algún concepto oscuro, suplir cualquier omisión que contengan o rectificar alguna equivocación importante, dentro del día hábil siguiente al de la notificación.
Estas aclaraciones podrán hacerse de oficio o a instancia de las partes o del Ministerio fiscal").
La aclaración de sentencia no va a perjudicarle en absoluto, sino todo lo contrario.
Si su abogado la ha solicitado es porque prevé la necesidad de aclarar algún concepto o error material de la sentencia para una correcta ejecución de la misma, en su caso.
He ganado un juicio en la audiencia provincial, después de recurrir en primera instancia.Mi abogado me comenta que ya no cabe recurso por la otra parte, pero que ha solicitado a la audiencia una " aclaración de la sentencia".
Estoy un poco preucupado pues llevo de juicio desde 2008 y parece que no tiene fin.
¿ En que me puede perjudicar dicha aclaración?
¿ La sentencia es inamovible?
Muchas gracias.