El impuesto de sucesiones estará ya prescrito, ese trámite se lo ahorran. Después de aceptar la herencia hay que hacer el cuaderno particional, cosa que irá más o menos lenta según decidan asignarse los bienes entre los herederos que haya. Si hubiera solo un heredero, o hubiera un único bien que les lega, pues sería bastante simple, sí, pero todo depende del caso.
No tienen que ir al colegio de abogados, tienen que ir al notario.
Ya ya se que yo no tengo que hacer nada, pero no se los pasos a seguir ya que me dijeron que solo fueran mis hijos al colegio de abogados y que aceptaran, pero yo pienso que hay mas pasos que seguir
Buenas, tengo una consulta que hacer.
Tengo un testamento de una persona fallecida hace 11 años. En el se reconoce a mis hijos como herederos fuera del matrimonio, ya que el carecia de hijos.
Yo no he hecho nada en este tiempo porque no creia que hiciera falta. Ahora resulta que hay una propiedad que vender que era de el y de sus 7 hermanos y me han buscando para decirme que debo aceptar o rechazar dicho testamento porque si no no pueden vender.
Mi pregunta es que tengo que hacer? Me han dicho que no tengo que pagar nada solo ir al colegio de notarios y decir lo que quiero.
Uno de mis hijos tiene una minusvalia considerable aunque no esta incapacitado y ambos son mayores de edad.
En caso de aceptar como compruebo el valor de lo que se va a vender? Puedo comprobar si la persona que otorgo el testamento tenia deudas con hacienda?