Buenos dias, tenemos en la familia un para de herencias por poner al dia en cuanto a papeles se refiere dada la dejadez de algunos de los herederos. La cuestion es que ante elmiedo de que finalmente salgamos perdiendo, nos hablan de la aceptacion a beneficio de inventario. Pero nos dicen que hay que solicitarla a los 10 dias de... ¿de qué? de la muerte del causante?, esto no lo entiendo teniendo en cuenta que no hemos obtenido certificado de defuncion, ultima voluntades ni certificado de posibles seguros hasta despues de quince dias de la muerte. Como tenemos que tramitarla? gracias