Efectivamente, deben acudir al Notario con la documentación necesaria (certificado de defunción y de últimas voluntades y testamento) y otorgar escritura de adjudicación de herencia o protocolizar un documento firmado por los herederos en los que, además de hacer constar los datos de todos los comparecientes y del fallecido, se indiquen los bienes de éste y se determine el modo de reparto. En ese documento se hará constar que ustedes pagan en metálico (entiendo que porque están recibiendo algún exceso). Esa escritura se inscribe, tras la liquidación de los impuestos, en el Registro de la Propiedad.
Tenga en cuenta que el plazo para la liquidación del impuesto es de seis meses a contar desde el fallecimiento.
Hola. Es la primera vez que heredo y no tengo ni idea de los pasos a seguir. Yo y mi hermana hemos heredado una finca de labradío de 425metros cuadrados cuyo valor total es de 4250€. El caso es que la finca es el 50% para cada una y ademas otro de los herederos tendrá que pagarnos 176€ a cada una de nosotras. Segun me han comentado tenemos que ir a la notaria para la aceptacion de la herencia y luego al registro. ¿Podría alguien detallarme bien los pasos a seguir y que costes tendran? ¿ y como tendra que abonarnos la cantidad en efectivo el otro heredero? No tenemos relacion con ninguno de los otros herederos...
Gracias
Gracias