Un certificado de saldos no se considera un uso privativo del dinero ya que es un documento necesario para iniciar la testamentaria. Tampoco se considera ni aceptación ni renuncia a la herencia, ya que la simple investigación del patrimonio es un paso previo en cuanto a la decisión a tomar al respecto.
Disculpa. Puede que no me haya explicado bien. Somos tres hermanos, mi madre falleció dejando entre otros bienes, una cuenta bancaria con dinero. Creo que ese dinero es también parte del cómputo de la herencia. Una de mis hermanas usó parte de ese dinero para pagarse un certificado. Si no está de acuerdo con el testamento, por qué hizo uso privativo de ese dinero.
No se entiende muy bien su explicación, pues parece que una tercera persona sin relación con una cuenta, ha hecho uso de ésta. Si la única titular era su madre y no había nadie autorizado, y sin embargo se sacó dinero, el asunto nada tiene que ver con la herencia.
Buenas noches,
Mi consulta es para saber, si mi hermana usó dinero de la cuenta bancaria de mi madre recién fallecida se podría considerar aceptación tácita de herencia. Somos tres hermanos. Todavía no hemos aceptado la herencia porque está hermana no está de acuerdo con el testamento. Pero para usar ese dinero que computa en la herencia, no tuvo reparo. Usó el dinero para pagar su certificado de saldos. La única titular de la cuenta era mi madre. No hay cotitulares ni autorizados. Gracias a quien me responda.