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Aceptacion de herencia

5 Comentarios
 
Aceptacion de herencia
18/02/2008 04:49
Queria hacer una consulta sobre el siguiente caso. Se me ha requerido por parte de un abogado de mi madre para que acepte la herencia de mi padre (fallecido hace mas de 20 anos) para poder constituir una hipoteca inversa a favor de mi madre y con garantia hipotecaria del piso que ella habita.

Mi pregunta. Estoy obligado por ley a aceptar/rechazar este requerimiento ? que pasa si de momento no firmo acpetacion alguna ? me pueden llevar a juicio para requerirmelo ?
por otro lado entiendo que debere hacer una aceptacion a beneficio de inventario, para evitar que las cargas debidas a la hipoteca inversa no puedan ser resarcidas con mis bienes propios.

Muchas gracias por la respuesta.

Saludos cordiales
18/02/2008 09:16
Solamente el juez puede exigir que acepte o repudie la herencia. Y, por supuesto, tendrá Vd. derecho a aceptarla simplemente o a aceptar a beneficio de inventario. Sin olvidarse del derecho a deliberar.
18/02/2008 09:46
Muchas gracias por la indicacion. Quisiera que me aclarase lo siguiente:

- El juez es quien puede exigir, tal como dice Vd. Entiendo que para que eso ocurra, debo ser citado. Puede mi madre requerir esa citacion y de este modo verme obligado a aceptar/rechazar delante del juez ?

- Derecho a deliberar... cuanto tiempo observa la ley para ello como maximo ?

Gracias de nuevo
18/02/2008 11:57
Siendo su madre heredera, no es lógico que pida al juzgado la aceptación de herencia ya que ella nada obtiene, la aceptación de la herencia la suelen promover los acreedores del difunto porque es la forma que tienen de cobrar con cargo a la herencia o, en su caso, a los herederos.
Por tanto, yo le recomendaría comprobar si el requerimiento del abogado es más bien para realizar la partición que es algo diferente y sí es lógico que la pida cualquier heredero.
En caso de tratarse de la partición, creo que le convendría asesorarse con un abogado y avenirse a su realización, porque en caso contrario la pueden pedir por vía judiciial y resulta muy gravoso para todos.
Por cierto el derecho a deliberar es de 30 días a partir de que se haya finalizado el inventario, el cual debe finalizar en el plazo de 60 días desde la citación judiciial.
19/02/2008 01:35
Gracias de nuevo. Al parecer la peticion de aceptacion esta originada por el Banco y Notaria para proceder a realizar la hipoteca inversa citada, ya que sin esa aceptacion, el Banco no iniciaria los tramites. Explica esto el requerimiento ?

Gracias adelantadas
19/02/2008 09:29
Yo más biem diría que el banco y la notaría lo que quieren es que se lleve a cabo la partición de la herencia. Normalmente en la misma escritura en la que se reliza la partición se hace la aceptación de herencia. Así que creo que le conviene leer el requerimiento del abogado para verificar a qué se refiere exactamente.