El año falleció mi madre y, como desde entonces me encuentro trabajando en el extranjero, no he podido llevar a cabo el trámite de aceptación de herencia y no tengo mucha más información por parte de mi padre (me dice que el tema lo llevó la notario pero poco más).
Cuando sucedió, la notario me envió el impuesto de sucesiones/transmisiones patrimoniales por email para firmarlo y así hice, pero desde entonces, no he hecho nada más, ningún otro trámite.
Sé que los fondos de la cuenta bancaria, parte, estaban bloqueados. Mis padres estaban casados en régimen de gananciales (no tengo hermanos) y soy el único heredero. Ellos tenían un piso en propiedad, hipoteca pagada.
Me gustaría saber qué debo hacer para recibir la herencia (si he de hacer algo más, vamos), porque si voy a España quiero saber a dónde me debo dirigir.
Desde ya, muchas gracias por su tiempo y respuestas.
Si su madre no dejó testamento, es usted el heredero del 100% de lo que tenía ella, y que, tras la liquidación de bienes gananciales, sería el 50% de la vivienda y además deberá afrontar lo que corresponda de pasivo de la sociedad matrimonial tras la liquidación. Ha de ir a un notario con su padre, puesto que él es heredero legítimo en razón al usufructo viudal sobre el 33% de la masa. En el notario han de otorgar escrituras de declaración de herederos y, posteriormente, de adjudicación de herencia.