Presento el siguiente caso, herencia paterna en la que uno de los 4 hijos herederos fallecio, pero desconocemos si hizo testamento hacias sus descendientes.
Quieren realizar tres de los hijos la aceptacion de la herencia ante notario, pero no sabemos como, ni a quien notificar a los herederos del otro hijo fallecido, ya que no han realizado la aceptación de la herencia de este ultimo.
La herencia del padre es un capítulo distinto del de la herencia del abuelo, por lo que los hijos del hermano fallecido pueden aceptar la de este sin necesidad de aceptar la de su padre. Tienen ustedes que ir al notario a preparar un requerimiento previsto para estos casos, de forma que se notifique lo procedente a estos herederos la posibilidad que tienen de aceptar la herencia del abuelo o, si no dicen nada, se dará por aceptada la misma. En el caso de que finalmente no quieran concurrir a la notaría a hacer la escritura, y como la notaría siempre es un asunto voluntario, han de ir ustedes al Juzgado.