La acción de exhibición forma parte de las diligencias previas de una demanda, por lo que me huelo que no es la vía correcta para conseguir el suministro y exhibición de documentación. Lo correcto me huelo es irse derecho al CC y en aplicación del Artículo 1098 tendríamos:
"Si el obligado a hacer alguna cosa no la hiciere, se mandará ejecutar a su costa.
Esto mismo se observará si la hiciere contraviniendo al tenor de la obligación. Además podrá decretarse que se deshaga lo mal hecho."
De lo que se deduce que la cosa acabaría en un Juicio ordinario. Por lo que yo pienso que sí haría falta abogado y procurador, pero no solo pienso que haría falta sino que es lo deseable y lo prudente. Lo otro de ir por libre y ahorrarte unas pelillas es como el dicho : Lo barato sale caro.
Si acreditas mala fé del secretario, las costas las pagará él. A la cuarta condena en costas, el negocio empezará a no ser tan rentable.
Por cierto, la entrega de actas y la exhibición de documentación son normas aparentemente dispositivas, pero con truco. Si la comunidad dispone otra cosa, y lo impugnas, ganas, porque sería un acuerdo contrario a la LPH.
Para acabar, damaot, no te aconsejo una auditoría. Cuesta dinero que luego posíblemente no vas a ver reflejado en nada. Yo prefiero que la comunidad pierda Juicios. Eso le impondrá más. Mientras la comunidad no pierda pleitos, ancha es castilla.
Tu exposición, la única en este foro, aunque nó me llena suficientemente, porque no responde directamente a la pregunta sino que para la obtención de la documentación, según tu informe, aparte de tener que contratar a un abogado,que puede utilizar la tarifa "autorizada por el colegio" y hacerte una rebajita para congraciarse contigo, desconozco cuanto tiempo tardaré en obtener un papel ?y si son 100¿ Y cuando los recuperes, ya no serán los mismos personajes a quienes has reclamado, ya se han esfumado, pero no olvides, según mi teoría, VOLVERAN, son los caciques de turno y está escrito que de ellos es el "reino" de los hombres; en fin; te agradezco tu colaboración, presiento que eres un chico inquieto y lo valoro.
Todos los gastos que se produzcan con anterioridad al procedimiento de exhibicion de documentos, (fax, burofax, etc), ¿pueden incluirse en las costas, si la Comunidad es condenada?.
Por lo que te expresas, parece, que, o lo estás gestionando o tienes una mera experiencia; presumo que tu pregunta debería ser sí, eso si, de aquellos documentos de los que tienes fehaciencia, eso quiere decir que, en caso de no contestación por burofax, que es frecuente, ya lo saben muy bien ciertos administradores en su función de consejeros de caciques, hay que ir a correos y pedir un certificado, ......más dinero.
En lo de la certificacion de contenido estamos de aucerdo, pero despues ¿se puede recuperar ese gasto?.
¿Hay derecho, que un propietario que paga puntualmente sus cuotas, tenga que llegar a esta situacion para obtener documentacion de la Comunidad?.
Pues ya lo ves H-25, hay una gran mayoría que se niega a enseñar los papeles. ?porque sera¿
Y además, mira, si quieres conseguirlo, ellos ya saben bien como tienen que actuar (donde digo ellos, quiero decir "cacique-consejero" ; este último asesora bien de como extorsionar; el otro, que juega con pólvora ajena, después de meses y meses de reclamaciones judiciales, para cuando llega la orden, ya no está en su puesto y los papeles han volado ?y para que sirven¿ si todo ya está prescrito, no se puede reclamar nada de cuentas aprobadas y pasadas de plazo... ?vale¿ además, el costo jurídico va a la cuenta de regulación de la comunidad y a pagar todos.....Una petición de esas , por pequeña que sea la minuta del abogado-procurador, andará rayando los 500 euros.
?Pero es que aquí en este foro no hay gente que haya pasado por este trance y nos diga como lo ha resuelto¿ O si merece la pena o no.
Resulta que ahora sí que es cierto que esos pocos
ESFORZADOS PROPIETARIOS que asomamos en este foro, estamos rodeados también aquí de, presidentes y administradores corruptos, claro, que no dicen ni pio, por la cuenta que les tiene y por lo que les conviene que éste estado de cosas continúe..... hay algunas personas buenas en temas jurídicos, pero que no quieren entrar al trapo....... trapos sucios que no embellecen la página, pero yo sigo,,,,, con mi labor de apostolado, para alguien servirá..
damaot, yo he pasado por el trance de la exhibición de documentos.
Me los han llevado al Juzgado.
Ya los tengo.
Bien, ¿y que?. Si no les pasa nada por haber tenido que recurrir a ese procedimiento. Y luego que los Juzgados están atascados.
Quiero pedir diligencias preliminares para obtener la documentación que me concierne de la aseguradora Centro Asegurador que está en liquidación dentro del proceso de concurso de acreedores porque ni la aseguradora ni los Administradores Concursales que son el Consorcio de Seguros me dan ninguna documentación ni ninguna propuesta de pago de mi crédito. ¿Tenéis alguno experiencia en pedir diligencias preliminares de este tipo? ¿Obtuvistéis lo que pedisteis?
Rogaría al administrador que moviese este "hilo" a Derecho Civil o, -según su mejor criterio-, lo copiase en la sección de Derecho Civil, puesto que aprovecho una discusión interesante antigua que enlaza con mi consulta sobre "diligencias preliminares" que es más apropiada de la sección derecho civil. Gracias.