El ejercicion de la accion declarativa de deslinde (y acumulada a la reivindicatoria) presupone el ejercicio previo del deslinde en la jurisdiccion voluntaria?
¿Que efectos puede tener ir directamente al ejercicio mediante el declarativo correspondiente?
Lógicamente, yo optaría por un acto de conciliación previo a la interposición de la demanda, no obstante, por qué supones que es preceptiva la "jurisdicción voluntaria"?
En cuanto a la acción a ejercitar, yo optaría o bien por deslinde o bien por una reivindicatoria, pero no acumularía; simplemente, solicitas deslinde planteando al juez tu documentación; cosa distinta es que le pidas una porción de terreno.
Mírate bien el asunto, hará algún tiempo, un compañero llevó un asunto (no es muy común) y hubo algún problema por ejercer las dos acciones.