1. "El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses".
-Segundo supuesto: Violación.
Art. 179:
"Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado, como reo de violación, con la pena de prisión de seis a 12 años".
Art. 180:
1. "Las anteriores conductas serán castigadas con las penas de prisión de cuatro a diez años para las agresiones del artículo 178, y de doce a quince años para las del artículo 179, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad o situación, y, en todo caso, cuando sea menor de trece años".
La agravante del 180.1.3ª, según Jurisprudencia del TS, será aplicable cuando la embriaguez de la víctima merme considerablemente su capacidad de defensa y reacción, no siendo exigible que se halle en un estado de inconsciencia o rayano en ella.
El título del C.P. trata de agresiones sexuales, luego cada caso habrá que mirarlo detenidamente, pero, en principio, coincido contigo, el primer caso sería abuso sexual.
lalesche, en el primer caso en el que el chico le toca el culo a la chica e intenta besarla mas bien no seria abuso sexual y no agresión sexual. En el segundo caso estoy contigo en que llega a ser agresión sexual, ya que hubo violencia.
Pongase que se lo hubiesen hecho a su hija, hermana o esposa, cree que actuarían de forma negligente si los detienen?
Pues claro que actuaron correctamente al estar incursos en una agresion sexual (presuntamente).
Debieron informar a Fiscalía de Menores.
El otro día me comento un compañero lo que le había pasado a su hijo, una menor (14 años ) y una amiga suya (tambien 14 años) acusaron al hijo de mi amigo (17 años) y su amigo (17 años) de abusar de ellas. Todo consistio en que el hijo de mi amigo, le toco el culo a la chica y le intento besar, llevandosela a una zona oscura en el campo, ya que esto ocurrio en una discoteca de verano, y segun la chica sin su consentimiento. Al otro chico la otra chavala la cual estaba borracha, lo acuso de bajarle las bragas y segun ella meterle el dedo en sus genitales. Mi pregunta es ¿Han cometido delito alguno ? en caso afirmativo ¿Que tipo de delito? ¿Que les puede pasar? En el momeno en que ocurrio esto y aparecio la guardia civil ¿Se los pudo llevar detenidos o actuaron de forma negligente? GRAICAS