7.- He leÃdo en este foro ya en varias ocasiones que, por lo visto, en muchos juzgados se da cierta "presunción de veracidad" de los agentes en hechos penales. Le aseguro, por experiencia profesional que esa presunción se invierte en otros muchos juzgados, asà que no la de por hecha, si cree que la razón esta de su parte, denuncie.
Imagino que hay que intentar salirse del problema y mirar las cosas "desde fuera" para poder entenderlas, el mensaje de Nelly me pareció muy adecuado.
Un saludo y mis disculpas si he ofendido a alguien.
2.- Respecto a las fotos, se me ocurre como versión más probable: ¿No serÃa que más que fotos a la actuación policial se estarÃan realizando fotos a los agentes con intención de identificarles? En tal caso, ya no estarÃa yo tan seguro de la legalidad de estos primeros planos y no verÃa ninguna barbaridad que se interviniera la cámara. Por lo demás, imagino que como lugar público puede hacer cuantas fotos quiera, no se invade la intimidad de nadie.
3.- "¿Un Municipal puede registrar mi ivienda por que sÃ?, ha de ser un nacional y previa orden judicial, no? son derechos fundamentales de l o que hablamos" Un Municipal es tan agente de la autoridad como un miembro del CNP o de la GC, puede realizar funciones de PolicÃa Judicial, tanto las conocidas como generales como especÃficas de P.J. (veáse l.o 2/86 reguladora de las FFCCS y el Decreto que regula las condiciones de la P.J., que si no recuerdo mal es el RD 769/87). El registro en estos casos es evidente que previa autorización judicial.
4.- Con el número de identificación profesional (número de placa como Vd. dice) el policÃa se encuentra suficientemente identificado, incluso ante temas penales como expresamente reguló la reforma de la LECrim al introducir el procedimiento de Juicios Rápidos. No hace falta el número de patrulla.
5.- ¿Entiende Vd. que "No van a aparcar Vds. tranquilos por aquÃ" es constitutivo de delito/falta de amenazas? Lo veo complicado, sobre todo si se trata de una zona en obras donde se están retirando o desplazando vehÃculos. Desde luego admito que depende del contexto, forma, conversación...
6.- Las grabaciones hechas en lugares públicos o en las que interviene la persona que graba son perfectamente admisibles, la jurisprudencia se ha pronunciado asà en multitud de ocasiones, otra cosas es la siempre vigente "libre valoración de la prueba" (creo que se decÃa asÃ) que tienen los jueces y algunos hace ya varios años que no leen más sentencias que las suyas.
Sin ánimo de molestarle sr. FgCarlos, pero ¿Realmente es Vd. lcdo. en Derecho?
No se ofenda, de verdad, Palabras como "Por cierto, un Municipal puede registrar mi ivienda por que sÃ?, ha de ser un nacional y previa orden judicial, no? son derechos fundamentales de l o que hablamos." y otras tanta me hacen dudarlo.
1.- La PolicÃa Municipal puede retirar los vehÃculos con la grúa, incluso sin haber señalización al respecto, de hecho hay alguna jurisprudencia al respecto que establece que la parte del antiguo Código de Circulación (hoy casi en su práctica totalidad derogado) que establecia algunos motivos para la retirada de vehÃculos, entre ellos las obras públicas, continúa en vigor, por lo que se podrÃa proceder a la retirada y cobro de tasas. Por otra parte ¿No serÃa que la grúa municipal estarÃa procediendo al desplazamiento de vehÃculos y no a la retirada? En muchos Ayuntamientos se ha regulado el desplazamiento de vehÃculos en circunstancias similares a las que expone. En tales casos no se cobran tasas de ningún tipo. Aunque, sinceramente, imagino que será el lugar tÃpico donde los vecinos dicen "no hay señales que prohiban", pero claro, los vehÃculos están sobre la acera, sobre un carril de circulación, aunque no se haya denunciado en ese lugar durante años.
La mujer cometió un error, dejar que la vieran folmando. Si yi llego a estar alli con mi camara de video, hubiera filmado al policia amenazando a la mujer, sin que se dieran cuenta, claro¡¡.
Saludos cordiales.
PD. Cuando salga a la calle voy a llevar mi mini cámara de video para filmar todo lo que me de la gana, y mandarlo a la tele (gratis y como anónimo, por si las moscas).
Si tiene testigos y grabación de todo lo ocurrido pues tramite una querella criminal y que su SSª, como bien le han dicho, decida.
Pero lo que explica es muy indicativo del proceder de ciertos individuos que engloban las policÃas locales, los cuales para mi personal entender y según mi propia experiencia son los agentes con menos formación y mayor grado de groserÃa y chulerÃa del paÃs. Aquà en el ámbito de la seguridad pública sucede que a mayor sueldo, medios y calidad de vida peor formación y trato al ciudadano. Los peor pagados, con peores medios y con una más que mejorable calidad de vida son los más formados, eficaces y correctos.
Basta como ejemplo que cuando acuden a testificar a los juicios, al menos en mi ámbito territorial, los agentes de los cuerpos estatales suelen ser citados incluso en su dÃa libre, sin cobrar y sin horas a compensar, mientras que los locales vienen a X euros la hora, con algún dÃa libre extra y, muchas veces, acuden hasta algunos más de los que han sido citados (todo por la pasta).
Que hablen los agentes que tenemos por aquÃ, si no son de las policÃas locales ya que, en tal caso, seguro que todo esto es falso, un insulto a su profesión y otra forma más de dilucidar el eterno odio y la cantinela de siempre.
Lo cierto es que la vista no suele engañar y el oÃdo tampoco cuando los propios interesados te lo dicen.
"Por cierto, un Municipal puede registrar mi ivienda por que sÃ?, ha de ser un nacional y previa orden judicial, no? son derechos fundamentales de l o que hablamos."
Hombre, con esas dudas existenciales que tiene no me extraña que no sepa dar una respuesta rápìda a las cuestiones.
Ni un nacional, ni un municipal, ni un mosso ni un ertzaina, ni siquiera el juez Garzón pueden registrar ni su vivienda ni su despacho profesional "por que sÃ".
Lo de la orden judicial, pues sÃ, es muy recomendable tenerla para que el funcionario de turno no se meta en un berenjenal importante.
Si tienen esa orden, tanto da que sean nacionales, municipales, forales navarros o mossos, sin olvidarnos de los ertzainas.
Pues no lo veo tan complicado, teniendo tantos testigos se presenta la denuncia y ya dirá S.Sª lo que opina del asunto.
Los vehÃculos están estacionados en las zonas que se supone han dejado para ello, pero no hay señales que prohiban aparcar en ninguno de los sitios de donde se llevaban los vehÃculos.
Esta vecina hizo fotos de los vehÃculos y de la calle, para recurrir la multa, puesto que no hay señales de prohibido aparcar (me imagino que como consecuencia de la rapidez de las obras, para llegar a tiempo a la foto)
Bueno, pues uno de los agentes municipales, ni corto ni perezoso se planta en su casa y le ordena que borre las fotos o que le confisca la cámara.
Por cierto, un Municipal puede registrar mi ivienda por que sÃ?, ha de ser un nacional y previa orden judicial, no? son derechos fundamentales de l o que hablamos.
En esto fueron saliendo el resto de vecinos, y hubo intercmabio de denuncias, la de la vecina, contra el agente, que en principio se negaba a darle datos (con el número de placa y el número de patrulla creo que es suficiente)
Y a lo que voy, perdón por el rollo, es que los vecinos han interpuesto denuncia contra los agentes, por coacciones y amenazas, porque, incluso hay grabaciones con un móvil de las palabras del agente "no van a aparcar ustedes tranquilos por aquÃ", y como yo tengo el despacho en el bloque, pues me han traÃdo el caso, en plan consulta de momento.
Menudo embolao, en serio, me siento fatal por no poder contestar de manera rápida a este tipo de consultas, pero lo mÃo es el laboral, asà que imaginaros el plan.