Efectivamente el impuesto de sucesiones prescibe a los 4 años y 6 meses desde el fallecimiento; si no habéis recibido ninguna notificación de hacienda requiriendo para que pageís, lo cierto es que os interesa esperar el tiempo que falta para ahorraros tanto el impuesto como los recargos.
Tu puedes pedir una copia del testamento (lo de abrir el testamento no existe) pidiendo un certificado de últimas voluntades y solciitando copia del testamento al notario que lo otrogó; sin embargo, repito, yo en tu lugar me esperaría a que prescribiese el impuesto.
Hola,
En su testamento, mi padre dejó su piso a mi hermano (residente en Barcelona) y a mí (residente en el extranjero). Mi hermano se niega a abrir el testamento porque dice que va a tener que pagar impuestos y prefiere esperar. Según él si se espera más de cuatro años, los impuestos son menos (Ya han pasado casi cuatro). Para mí esto no tiene ninguna lógica y me temo que haya recargos y multas, pero estoy limitada por mi residencia. ¿Es cierto lo que dice mi hermano? Si viajo a Barcelona, ¿puedo abrir yo el testamento? Yo no tengo los datos exactos. Muchísimas gracias por cualquier sugerencia.