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5 Comentarios
 
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07/11/2014 16:30
Buenas tardes. Desde el fallecimiento de mi padre, estoy como titular junto a mi madre en las cartillas. En estos momento su estado de salud no es bueno, y en cualquier momento nos puedes dar la noticia de su fallecimiento. Se que a efectos fiscales la mitad de ese dinero es mio, ya que declaro la mitad de los intereses, que por supuesto yo no percibo. La pregunta es ¿Puedo sacar parte de ese dinero, de una de las cuentas, y ponerlo en otra a mi nombre, con el fin de poder sufragar los gastos que se pudieran ocasionar en caso de su fallecimiento?. Con esto se cubrirían los gastos de los tres hijos que quedamos vivos. ¿Es legal?, ¿puedo meterme en un lió por hacerlo?.
Atte, alguien que no sabe hacer, ya que al final la única que va tener que declarar sobre ese dinero soy yo.
07/11/2014 18:31
Sin ningún problema, salvo las posibles suspicacias de los otros dos hijos.
El último párrafo no logro entender.
07/11/2014 20:09
Según el director del banco si falleciera mi madre, "me va a caer la del pulpo". Vamos quevoy a tener que pagar un mmontón por algo que no es mio". El fue quien insinuó que lo mejor era poner parte en otra cartilla.
07/11/2014 20:24
¿Y porqué no abre esa nueva cuenta a nombre suyo y de sus hermanos?.
07/11/2014 22:07
Uno de ellos tambien esta enfermo y no sabemos lo que puede durar, en cuanto al otro, ya que se medio desentiende de los cuidados de ella, no quiero que figure en ella, pues es capaz de no firmar en caso de que sea necesaria la retirada de ese dinero. Si durante 26 años he sido yo quien ha tenido que declarar, solo se la dará la parte que corresponda a los gastos que incumban al cobro de la herencia, u otros gastos que se puedan originar y ser pagados entre todos. Lo demás (incluido lo que quede en esta cartilla ya pagados los gastos), a repartir entre los herederos.
perfil veo
10/11/2014 01:29
si en la cuenta están ustedes como titulares indistintos, puede usted retirarlo todo y ponerlo en una cuenta a su nombre o guardarlo en casa
respecto a sus hermanos, que en su día si acaso podrían reclamarle la parte que les corresponde en herencia, no habrá problema si usted tiene el dinero restante, si lo ha administrado fielmente
y, salvo que se trate de muuuucho dinero, no creo que vaya a tener problemas con hacienda, pero incluso para salvar esa eventualidad, y de paso también salvar las posibles reclamaciones de sus hermanos, podría hacer una declaración de préstamo de su madre a usted, que consiste en la presentación de un modelo oficial (no recuerdo el número) y está exenta de impuestos