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abogado y procurador ETnJudiiales

2 Comentarios
 
20/06/2006 18:17
La LEC presume la obligatoriedad de Abogado y Procurador en todos los procedimientos excepto en los que se dice expresamente que no es así (art. 23), por tanto entiendo que si que es necesaria la presencia de Abogado y Procurador en las demandas de Ejecución de Título no Judicial con independencia de la cuantía, según mi criterio.
19/06/2006 11:01
El art. 539 Lec no distingue entre ejecuciones de títulos judiciales y ejecuciones de títulos no judiciales.
A ver si alguien sabe algo mas.
Abogado y procurador etnjudiiales
19/06/2006 09:46
Me gustaría que algún forista me pudiera fundamentar por qué en la ejecución de títulos no judiciales cuando la cantidad es inferior a 900 euros es precisa la intervención de abogado y procurador. Es cierto, se precisa su intervención, pero no encuentro artículo en la LEC que lo ampare. Saludos.