Yo puedo hablar del caso de una amiga mía de 90 años, sin familiar alguno.Una ahijada (sin parentesco alguno y a quien mi amiga "no podía ver ni en pintura") se hizo cargo de ella con oscuros fines. Bueno, para mí muy claros: quedarse con su dinero. Primero le puso a una cuidadora, luego se la cambió (ésta no le debía convenir porque era muy espabilada y podría estropear sus planes).Finalmente, como mi amiga ya no regía bien (se pasaba el día gritando y llamando a su madre), la ingresó en una residencia donde duró sólo un año = falleció. A mí me hizo creer, para poder manejarla a su antojo y separarla de mí, que tenía la tutela judicial.¡Falso!.Lo he comprobado.
La cuestión es que, al fallecer, pedí el Certificado de Últimas Voluntades y me encontré con la sorpresa de que dicha "elementa" tenía un Poder General firmado ante notario y figuraba como heredera.¿Cómo es posible que un NOTARIO pueda emitir esos documentos cuando mi amiga NO estaba en pleno uso de sus facultades? ¿Quién o cómo firmó?. En esa fecha fue cuando la ingresaron en la residencia, precisamente. Yo consulté a un abogado y me dijo que no había nada que hacer porque yo no tenía pruebas de su estado. ¿Debe quedar impune?.¿Cómo está tipificado esto legalmente?. Yo tenía entendido que un fiscal/juez pueden actuar de oficio ante el conocimiento de un delito. ¿Qué puedo hacer?
Intenté acudir a un fiscal pero su secretaria me dijo que no había nada que hacer, que yo no era pariente y que mi amiga ya había fallecido.Tengo 2 razones muy importantes para que esta chica no quede impune: 1) Defender a mi íntima amiga (ella me quería mucho y confiaba en mí solamente.Yo era su ÚNICA amiga.) He pasado demasiadas noches reprochándome a mí misma no haber actuado antes y honrar su memoria.Siento que le he fallado. 2) Yo tengo un testamento ológrafo a mi favor (anterior al suyo) que no he reclamado porque no sé cómo hacerlo, habiéndose "apropiado" esa ahijada (sólo de nombre; nunca se ocupó de ella hasta que ya vió cerca la fecha del "negocio") de su herencia. Aunque yo no recibiese nada, me daría por contenta "vengando" a mi amiga y honrando su memoria. ¡Quiero que se haga justicia y que esta persona reciba su castigo!
¿Cómo podéis ayudarme?
Son "comentarios" del 2011 PATRICK
Y ademas siempre hablan,pura envidia la mayoria de las veces.
No tengo gana de escribir
Que quieres?
Ojala contesten pero es algo tarde ya..
Necesito un abogado,vivo en Sarria.
Me ayudas?Saludos!
soy abogado cerca de sarria, coincido plenamente en los comentarios sobre este señor y de ser cierto estaria gustoso de poder ayudarles en la medida en la se haya cometido tal felonia de la forma que se expone, incluso me ofreceria a una entrevista personal informativa sin coste para ustedes, creo que la situación merece cuando menos esa dedicación.
Un saludo
Conociendo al abogado de Sarria Jesús García Bernardo cualquier cosa es posible.
Se comenta que en una ocasión, a un cliente le recomendó no comprar cierta finca, para despues comprarla él.
y en el entierro de otro cliente, la gente, alarmada, comentaba: "y aún tuvo el valor de venir...."
Abogados así no debieran poder ejercer, solo hacen daño y perjudican al gremio.
ánimo Alfredo, el tiempo pone a cada uno en su lugar.
Entiendo que, cuando se interpone una demanda de incapacitación, es porque hay una enfermedad que lo incapacita, en este caso una demencia grave severa.
El testamento fue realizado a un mes escaso de la fecha del juicio. Se entiende, por tanto, que haría más de 2 ó 3 años que comenzó la enfermedad.
Queda patente por tanto, lo mencionado anteriormente, y sin ninguna duda se constata que:
1 - 'Profesional del engaño' que usó la táctica del 'divide y vencerás' para enfrentar a paciente y familiares en beneficio propio.
2 - Abogado que logró convencer al paciente, argumentando ficticias "múltiples y cuantiosas deudas" y "favores" que el paciente supuestamente debía al abogado.
3 - Está claro que hay una manipulación y/o engaño y aprovechamiento del especial estado del paciente.
No obstante mi pregunta va más bien enfocada a saber si existe forma de que este "abogado" no permanezca impune ante tales hechos, que aunque dudosamente probables como delito (creo, alguien me lo puede confirmar?), constituyen una falta muy grave a las más básicas normas éticas, ya no solo como ser humano, sino como abogado.
De ahí la importancia y gravedad de los hechos.
En cualquier caso, y para resumir, que el abogado del paciente con demencia esté en el testamento de éste, lo dice todo. No cree?
¿Está usted en España y si la respuesta es afirmativa está aplicando legislación española?, por su aportación entiendo que no.
De acuerdo que la inclusión del abogado en el testamento es impugnable; en cuanto a las deudas no fallecen con el fallecimiento del deudor, sino que pasan a los herederos, junto con la masa heriditaria, salvo que se repudie la herencia o se acepte a beneficio de inventario.
En cuanto a los abogados gratuitos, tampoco se consiguen en cualquier universidaad que contemple esta carrera, se solicita en los servicios de orientación jurídica que suele estar en los edificios de los juzgados o en los colegios de abogados y solicitando expresamente el beneficio de justicia gratuita, si se cumplen los requisitos para ello.
Entiendo su intención de ayudar al consultante, pero si su aportación no se adapta a la ley aplicable, puede confundir, al menos indique desde que lugar o que ley está aplicando.
Un saludo,
Don Alfredo Sarria,
El testamento se realizó estando el testador en plenitud de facultades
Por supuesto que es totalmente impucnable que el Abogado este en el testamento, pero este testamento no tiene ninguna valides si existiera otro testamento de fecha mas reciente, si el Abogado tuviese algun credito con el anciano, el debera probarlo y tratar de cobrar en vida del deudor, pues al fallecer el deudor fallece la deuda, salvo que algun posible heredero quede como aval, por lo que tambien este es deudor. Ahora bien, claro que hay un conflicto de intereses que un Abogado, sin parentesco con el testador, intente ser heredero. para poder acesorar a los interesados, estos deberan medir la cuantia de la herencia y en ese tenor aportar cada uno una cantidad para pagar a otro Licenciado en Derecho que los represente, ya que un Abogado cratuito se puede consequir en cualquier Universidad que contemple esta carrera, en una dependencia publica, etc. pero todas piden como requisito para intervenir, que el interesado caresca de recursos economicos y/o que el motivo del litigio no le represente una utilidad economica, del cual es el caso de una herencia. Pero, en todo caso pueden acudir con el Notario que registro el testamento y este, seguro que compone el entuerto, por ser su obligacion y si no esta registrado este testamente en el Colegio de Notarios, simplemente no vale y el paciente falleceria intestado y en este caso la Ley prevee quien puede acudir a juicio de intestado, y ciertamente un acreedor, para nada. El estado de salud del paciente, es de exclusivo interes de sus familiares y estos puden reportar al Juez de Lo Familiar esta suerte y el mismo nombrara un tutor para el posible incapas que necesariamente sera un familiar mas sercano. Suerte. Saludos. Lic. Luis Widman.
"Anciano de 80 años que padece demencia grave con síntomas psicológicos y conductas asociadas a demencia severa.
El paciente se beneficiaría de institucionalización para asegurar cuidados básicos que actualmente ni se deja ni está capacitado para hacer"
Comparecencia hijos:
"Instituye herederos por cuartas e iguales partes a sus 3 hijos y a Don Jesús García Bernardo (letrado del paciente). Se solicita expresamente de estos hechos se dé traslado a fiscalía por si pudiese ser constitutivo de delito, el paciente manifiesta que fue el propio letrado quien le propuso hacerlo"
Se adjunta copia del informe médico, copia del testamento, plan de dispensación de recetas, informes de urgencias, etc....
En cuanto a que el abogado del paciente esté en el testamento:
1 - 'Profesional del engaño' que usó la táctica del 'divide y vencerás' para enfrentar a paciente y familiares en beneficio propio.
2 - Abogado que logró convencer al paciente, argumentando ficticias "múltiples y cuantiosas deudas" y "favores" que el paciente supuestamente debía al abogado.
3 - Está claro que hay una manipulación y/o engaño y aprovechamiento del especial estado del paciente.
Preguntas:
1 - como esto es dudosamente probable, creo, qué se puede hacer?
2 - qué supone este hecho?
3 - existe algún organismo (como colegio de abogados) donde informar de estos hechos?
en definitiva, qué se puede hacer?
Soy amigo de los hijos, estoy en 1º de derecho y quiero ayudarlos.