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Abogado de oficio

8 Comentarios
 
27/11/2013 23:59
No es que haya que esperar tres años, sino dentro del plazo de tres años, si el beneficiario de justicia gratuita viene a mejor fortuna , esta obligado al pago de las costas judiciales.
Un saludo,
21/11/2013 13:08
Ahora resulta que al ser condenado en costas el demandado, parece ser que habrá que esperar 3 años para cobrarlas.
10/07/2013 09:16
Se supone que desde que ha recibido notificación de la demanda, hasta el señalamiento de la fecha del juicio, tiene tiempo suficiente para solicitar y obtener designación de abogado de oficio.
Lo que no es de recibo, es solicitar el abogado de oficio dos días antes del señalamiento del juicio y personarse diciendo que aun no le ha designado abogado, con lo que el juez suspende el juicio y lo señala 3 meses mas tarde.
10/07/2013 08:37
El juez lo ha tolerado porque la ley lo permite. No tiene obligación de designar abogado, puede solicitarlo.
09/07/2013 21:50
Pero al acogerse al abogado de oficio y no ir directamente a un abogado, ha causado un retraso en el desarrollo del juicio, que el juez ha tolerado.
09/07/2013 09:49
Que mania en confundir conceptos.

La designacion de asistencia letrada a través del turno de oficio, no implica automaticamente la concesión de justicia gratuita, por lo que si el litigante solicitante de abogado de turno posee recursos suficientes no tendrá más remedio que abonar los honorarios profesionales del compañero que le asistió.
08/07/2013 16:13
No es hecho delictivo. Todos tenemos derecho a solicitar Asistencia Jurídica Gratuita. Otra cosa será que nos la concedan o no.
08/07/2013 08:18
de oficio y gratuito son dos cosas distintas.
Abogado de oficio
06/07/2013 19:11
En un juicio civil verbal de reclamación de cantidad, el demandado se acoge a justicia gratuita. Incluso, debido a esto, se cambia el día señalado para juicio, porque al demandado aun no le habían asignado abogado en el Colegio de Abogados.
Posteriormente, perdió el juicio y en fase de ejecución, se ha comprobado que el demandado percibía cantidades importantes de dinero por varios conductos. Es mas, su declaración de la Renta del año anterior aparecía con ingresos de 140.000 €.
¿Puede considerarse esto punible al haberse acogido a abogado de oficio?.