Gracias Pomares. Siempre hay más dudas, si ya se solicitó en su día la prórroga y a pesar de ello desde fallecimiento han pasado ya dieciséis meses y todavía sin haber aceptado la herencia, y según cálculo realizado por un programa que se facilita en la web aherencias el importe que sale es 0, pero según la CCAA de Madrid siempre hay una penalización o recargo. Tiene vd idea de cuanto puede suponer esa cantidad?
Un saludo,
Gracias por la respuesta pero tengo otra duda, aunque no se hubiera hecho aún la aceptación de la herencia, los seis meses para el pago del impuesto de sucesiones siempre son a partir del fallecimiento?
Un saludo,
Buenos días, no lo hay, el único plazo es a efectos del impuesto de sucesiones: 6 meses desde el fallecimiento, para pagar sin recargo ni intereses, o 1 año si se ha pedido prórroga dentro de los 5 primeros meses.
Saludos,
Buenos d?as, por favor, hay alg?n plazo m?ximo estipulado entre la resoluci?n de la declaraci?n de herederos abintestato y la realizaci?n del documento p?blico de adjudicaci?n de la herencia en la notar?a??
Gracias,