A ver si me aclaro. Según tengo entendido, cuando fallece una persona sin haber testado, hay que acudir a los artículos del CC sobre la sucesión intestada, y no a las legítimas. ¿Estoy en lo cierto?
Según esto, se dice que si hay dos hijos, cada uno heredera la mitad de los bienes. ¿En qué artículo se habla del cónyuge?
Según tengo yo entendido, lo del cónyuge es para las legítimas, no para la sucesión intestada.