Buenos dias.
Tras el fallecimiento de un tio sin descendencia y declarado en su momento con una discapacidad cognitiva, se resolvió judicialmente la custodia a un familiar mientras él estaba en vida. Después del óbito, los legitimos herederos queremos saber desde que fecha y que personas tenían la capacidad judicial de su manutención , que operaciones bancarias y que nivel de privilegio tenía en nombre del fallecido.
Como en el momento de la resolución no se nos avisó como comparecientes, solicitar al juzgado dicha documentación sería inviable.
La pregunta es :
- Me han comentado que los legitimos herederos pueden solicitar el numero de registro de La Partida de Nacimiento o el Certificado ?? al registro civil y , al parecer, hay un apartado denominado: "ab-intestato" ?"devastanteo"¿? que indicaría prioridades a ciertas personas.
Disculpen si no escribo exactamente la palabra adecuada, ya que conozco en profundidad la nomenclatura.
Me gustaria saber si esto es así , la nomenclatura correcta y como solicitar dicha documentación.
Muchas gracias.
"Ab intestato" significa "sin testamento", y "bastanteo" la comprobación de que hay legitimidad suficiente para realizar un acto ("Declarar que un poder u otro documento es bastante para el fin con que ha sido otorgado").