Si un trabajador dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social comienza una actividad propia y aparte (por ejemplo, realizando tareas esporádicas como profesor), ¿hay un mínimo de ingresos a partir del cual es obligatorio encuadrarse en el Régimen Especial de Autónomos?
Yo soy autonoma y creo que no,,,segun mi gestor tu pagas lo minimo que es mas o menos 234 euros al mes y con eso no importa cuantas horas trabajes como autonomo,,eso es lo minimo tanto si trabajas una hora a la semana como si trabajas las 40.
LUego esta que tu pienses que si ganas muy poco no te compense pagar los autonomos o ni siquiera te llegue,,pero entonces no estarias cotizando y tal como se estan poniendo las cosas que parece que nos van a tener trabajando hasta los 70 años para poder cobrar jubilacion no estan las cosas para perder ni un año de cotizaciones.
A ver, vamos a aclarar que es "trabajador autónomo" para el RETA.
"Aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras persona.
La habitualidad para los trabajadores que se ocupen en trabajos de temporada quedará referida a duración normal de ésta.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que en el interesado concurre la condición de trabajador por cuenta propia o autónomo, a efectos de este Régimen Especial, si el mismo ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario, arrendatario usufructuario, u otro concepto análogo.
Si concurren las notas esenciales aqui expuestas, tendrás obligación de darte de alta en el RETA.
A efectos de orientación, te diré que se está admitiendo como "habitual" aquella actividad lucrativa, cuyo importe supere el SMI vigente en cada momento y en cómputo anual.
Mi esposo siempre ha manejado la empresa y yo me he alejado de todo esto por que a veces es dificil trabajar en el mismo sitio, pero por temas de crisis , tengo que trabajar con el , asi que me he dada de alta en la empresa como autonoma colaboradora, ¿ tengo yo alguna responsabilidad juridica,fiscal, finaciera y demas ,si la empresa presenta problemas financieros con terceros o con hacienda o demas??? Haber es que la empresa la encuentro muy desorganizada, y me da miedo que al yo trabajar con el y como autonoma colaboradora tenga alguna implicacion.
tambien quiero saber si tengo que darme de alta en el RETA.
Para mas informacion estamos casados en regimen de separacion de bienes.