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A mi madre la han dejado fuera de la herencia

13 Comentarios
 
A mi madre la han dejado fuera de la herencia
18/11/2011 21:23
Hola. Mi abuelo mirió hace año y medio. Mi madre no se hablaba con él desde que sus padres (mis abuelos) se separaron. Hace unos meses mi madre se enteró de su muerte y de que su prima (hija del hermano de mi abuelo) por auto judicial se ha quedado con todo. Mi madre es la única hija de mi abuelo y mi abuela ya falleció, por lo que se supone que es la única heredera. ¿Cómo un auto judicial declara heredera a la prima de mi madre? ¿Se puede hacer algo?. Muchas gracias
perfil bvk
19/11/2011 11:09
Pues es todo mentira, no es posible que un auto judicial no nombre heredera a tu madre salvo que estuviera fallecida, lo que indudablemente no han podido demostrar. Os están engañando. Me imagino que tus abuelos tenían un piso, pues pide una nota simple en el Registro de la Propiedad, para ver si sigue a su nombre o no, en caso de salir a nombre de su prima o su padre verás el título, seguramente una donación, y como será un fraude lo deberás atacar.
19/11/2011 11:48
Lo primero de todo es saber de qué parte de España estamos hablando, por si opera algún derecho foral.

Despúes, hacerse con el testamento del abuelo si lo había.

A partir de ahí, ya es otra cosa...
19/11/2011 16:32
Ha tu madre le corresponde al menos 2/3 de la herencia ya que al parecer es la única heredera con derecho a legítima. En caso de haber testamento como mucho podría haber legado el tercio de libre disposición. Espabila.
20/11/2011 00:20
La prima de mi madre le dice a estas alturas que no sabía de su existencia. Parece se que mis abuelos no estaban casados (mi madre no quiere hacer nada de esto pero yo la estoy animando a no dejar pasar estas injusticias). Mi madre ha pedido papeles en el notario pero le piden registro CIVIL de nacimiento y no la encuentran. Ella tiene partida de bautismo con padre, madre, abuelos y testigos (todos fallecidos ya). ¿Cómo demostrar que el fallecido es padre biológico de mi madre? ¿se pueden hacer pruebas de ADN? ¿Habrá que ellar a eso? ¿es necesario abogado para llevar este caso?¿Qué especialidad tiene que tener el abogado que nos lleve un caso de estos?. Todo esto es en Madrid. Muchas gracias a todos.
21/11/2011 10:50
Ahora me he enterado que mi abuelo tenía testamento para su mujer y su mujer para él. Su mujer (mi abuelastra) falleció. En escrituras del piso ante notario pone que el piso pasa a su sobrina como única heredera. ¿Se puede impugnar esto? ¿Qué pasos puedo dar?. Muchas gracias
21/11/2011 12:32
Tal como está el asunto lo primero que hay que probar es si tu abuelo tenía reconocida oficialmente a tu madre como hija.
Porque si tu madre no está reconocida, legalmente no tenía ningún derecho, mientras no se pruebe la paternidad biológica. La partida de bautismo puede ser una prueba, y si no un indicio para pedir pruebas de adn. Para hacer estas pruebas se tendría que contar con adn del difunto (si existe) o de algún familiar directo.
Lo importante de momento es que encuentres la partida de nacimiento, tiene que estar si no ¿como consiguió el dni?. Que la busquen.
Soy partidario que reclames. Todos los hijos tienen derecho a recibir una parte de la herencia. Es lo legal y me parece además muy justo.
21/11/2011 16:00
Mi madre tiene su partida de de bautismo pero el notario le pide el registro civil para poder seguir hablando. A mi madre no la encontraban en el registro civil y está tramitando estos papeles. Pero en la partida de bautismo figuran todos (mi madre, su padre y su madre, y sus abuelos de ambas partes, además de testigos, con sus firmas) pero todos fallecieron y lo peor es que el notario dice que ese documento religioso no vale. ¿Cómo sigo?. ¿Escribo petición certificada al notario?. Muchas gracias por vuestras respuestas.
21/11/2011 17:39
Por lo que dices entiendo que la partida de nacimiento no aparece pero se sigue el trámite de su búsqueda (no sé si el notario lo ha solicitado o tú). Este documento es fundamental habrá que esperar e intentar que aparezca. En caso contrario, es un caso que no he visto nunca, no sé si existen otros medios de prueba ¿tu madre lleva los apellidos de tu abuelo? ¿en del dni aparece el nombre del padre y de la madre?.
Vamos a esperar que el certificado aparezca, creo que el propio registro civil o el ministerio de justicia (del que depende) te tendrá que informar de qué medios alternativos de demostrar el nacimiento y la filiación existen.
La partida de bautismo, ya sabemos que no sirve, pero puede ser una prueba más si hay que llevar un proceso para que reconozcan a tu madre su filiación.
21/11/2011 18:41
A mi madre le van a hacer un registro civil porque el suyo no lo encuentran, pero claro, la fecha es la actual, sus padres no aparecerán,... En el DNI de mi madre sí aparecen los nombres de sus padres. ¿Quién se encarga de hacer el documento para que reconozcan a mi madre la filiación a partir de la partida de bautismo?.
Un juzgado dictó auto firme que declara heredera única y universal heredera abintestato a su sobrina (la que ha reclamado la herencia) por derechos de representación. Eso dice la nota simple de la finca. ¿Qué hago? ¿Me dirijo al juzgado que dicta ese auto? ¿necesito un abogado ya?. Muchas gracias por vuestra atención
21/11/2011 22:32
Por lo que cuentas todo se ha tramitado como sí tu madre no fuese hija de tu abuelo. Si yo fuese juez y tuviese que decidir tendrías que aportar pruebas que fuesen concluyentes y convencerme. Eso se consigue con una buena investigación y un buen abogado, siempre que el hecho sea cierto.
22/11/2011 17:44
Mi madre tiene la partida de nacimiento completísima, lo que no entiendo es por qué ese documento no vale. ¿Se podrían comparar las letras y firmas de mi abuelo con las de la partida de bautismo?. El hospital donde nació mi madre ya no existe ¿donde puede buscar su partida de nacimiento?. Muchas gracias
22/11/2011 18:55
Deberás conseguir los documentos acreditativos oficiales, sigue con tus pesquisas. En caso contrario tendrás que buscar otros medios de prueba y eso conlleva contratar un buen abogado, pienso yo.
24/11/2011 02:34
La partida de nacimiento estará en el Registro Civil del lugar donde nació. Entre otros motivos, se pide para hacer por primer vez del dni, para casarse, etc. Los hijos de padre no reconocido, suelen aparecer con un nombre de padre ficticio en el dni. Un hijo es reconocido cuando lleva el apellido del padre, se ve claramente en el libro de familia. Que aparezca en el partida de bautismo puede servir para que se inicien los trámites de reconocimiento de paternidad