Buenas noches, estoy trabajando en una empresa en la que se trabajan 45 h semanales (en realidad mas porque la gran mayoria de días se sale media hora o mas tarde) no se hasta que punto es correcto esto, además hasta que no lleves 1 año de antigüedad no tienes derecho a trabajar 40 horas, ¿esto es asi? si no es asi ¿qué se podría hacer? gracias
Solo apuntar una cosita: las horas extras que sobrepasen la jornada ordinaria legal o la del convenio solo pueden ser obligatorias para el trabajador en caso de fuerza mayor. Es decir, q no pueden ser obligatorias, deben ser voluntarias para el trabajador. Y si el trabajador hace horas extra el empresario deberá elegir si quiere pagarlas o compensarlas con días de descanso, eso si, si sobrepasase el máximo anual de horas extra cobradas ya deberían ser compensadas con descanso obligatoriamente.
Perdón y si fueran menos de las horas que se a estipulado en contrato sin consulta previa al trabajador asiendo descuento de aquellas horas ?
Gracias...