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40%fogasa

9 Comentarios
 
01/03/2012 16:32
Pues entiendo que sólo a los de caracter indefinido si no no haría alusión a los mismos.

Un saludo.
01/03/2012 12:12
Hablando del art. 33.8( 19 de la reforma) hay una primera línea que se ha añadido y que dice "..En los contratos de caracter indefinido celebrados en empresas de menos de 25 trabajadores...
?Quiere eso decir que a los temporales no se les va aplicar la norma?
Respecto a la pregunta estoy de acuerdo con que la empresa adelanta el 100% y después solicita el 40 por cien.
Y discrepo de lo que dice el abogado de Rocp.
01/03/2012 11:52
Retractación:

El FOGASA solo liquidará el 40% a la empresa no al trabajador.

La nueva redaccción del artículo 33.8 (TRLET) es clara, "...será objeto de resarcimiento al empresario..."

El resto procede en caso de procedimiento concursal o declaración de insolvencia como antes he dicho.
29/02/2012 21:41
Madre mía... lo que te ha dicho tu abogado es a efectos de salarios y mensualidades adeudadas o cuantías indemnizatorias excluyendo el 40% que garantizará FOGASA en todo momento siempre y cuando se sea beneficiario de ello en virtud del artículo 33.8 (TRLET).
29/02/2012 21:34
Pues cada vez tengo más dudas, lo consulté con mi abogado, me respondió esto:

"para que el FOGASA te page algo, la empresa ya tiene que estar sin actividad comercial ( de baja) o en concurso ( bancarrota de hoy en dia) , el concurso se declara a traves del juzgado y lo puede solicitar la misma empresa, o un acreedor.


EL FOGASA NO TE VA A PAGAR NADA SI LA EMPRESA SIGUE EN ACTIVO"

alguien puede dar más luz al asunto? gracias
29/02/2012 20:22
Discrepo, pueden darse ambas situaciones, no tiene por qué ser la empresa la que liquide el 100%. El artículo 33.8 (TRLET) no estipula lo contrario.
29/02/2012 16:17
Tras la reforma laboral, es la empresa la que tiene que abonar el 100% de la indemnización y esta, pedir al FOGASA el 40% de la misma.
28/02/2012 18:25
A mi también me interesa saber la respuesta. Un saludo
28/02/2012 18:10
Perdón "resarcimiento" de 8 días
40%fogasa
28/02/2012 18:01
A partir de la entrada en vigor de la reforma, en caso de despido por causas económicas en empresa de menos de 25 trabajadores ¿tiene el empresario que abonar el 100% de la indemnización y luego solicitar "resarcimiento" de 80 días por el Fogasa? ¿se ha eliminado la posibilidad de que sea el trabajador el que solicite directamente el 40%?