De una finca dividida en su día entre 6 propietarios, que sirve de "patio interior" o de "calle para acceso secundario", hemos llegado a una situación ridícula de la que no sabemos salir.... (a ver si nos podéis ayudar).
De los 6 propietarios iniciales quedan 2 vivos. uno de ellos compró una parte a otro. Con lo cual tiene 2/6.
Uno de los propietarios fallecidos dejó en herencia a sus dos hijos el 1/6 que le correspondía, y a su vez uno de los hijos falleció y dejó en herencia su 1/12 a dos de sus sobrinos, es decir 1/24 para cada uno.
Otro de los propietarios de los fallecidos dejó en herencia su 1/6 a sus dos hijos también. Pero estos dos no se han hecho herederos aún, o al menos en el registro de la propiedad no aparecen como tal.
Y el otro 1/6 del último fallecido lo dejó en herencia (agarraos) a 10 sobrinos, es decir 1/60 a cada uno, o lo que es lo mismo 1,6 metros cuadrados. :)
Estos 10 sobrinos tampoco han regularizado la situación en el registro de propietarios.
Espero que no os haya aburrido con las fracciones, y podáis llegar a entender el caso. Quizás incluso podáis usarlo para ponerlo en algún examen, si alguno de vosotros imparte clases... jeje
¿Qué podemos hacer? En realidad, creo que podriamos llegar a un acuerdo entre todos para que esa finca fuese propiedad de 4 personas únicamente. pero no sabemos como hacerlo: renunciando a herencias, vendiendo, con escrituras privadas, no se...
Pero primero hay que adjudicar las herencias, cualquier escritura que se firme la habrán de hacer los propietarios actuales, así que antes a liquidar herencias y a inscribirlas.
Muchas gracias. Pues vaya tela, por 1,6 metros cuadrados, ¿no? Aunque supongo que, tanto adjudicar la herencia como hacer una escritura de compraventa de cuotas y dejarlo todo regularizado se podrá hacer en un acto notarial... no lo sé.
Los instrumentos de ordenación urbanistica establecen siempre las parcelas minimas para edificar en terreno urbano, o de cultivo en terreno rústico.
Han de empezar por ahí.