SENTENCIAS DE CINE
Ángel Bravo del Valle
"El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años". Esto es lo
que establece el artículo 138 de nuestro vigente Código Penal. Hasta el artículo 143 se conforma el Título II del Libro
II que, bajo la rúbrica "Del homicidio y sus formas", agrupa todas las modal...