Tienes toda la razón CrisF y efectivamente si el trabajador tiene llamadas perdidas de tlf desconocido yo soy la primera en decirle que hubiera llamado a ver quien era. El dice que no le llamó nadie, pero otra trabajadora que si asistió al acto de conciliación le dice que si que le llamaron del sindicato. Yo sinceramente no se de quien es la metida de pata, pero me parece que este señor se queda sin indemnización.
Gracias por vuestros comentarios. Yo estoy de acuerdo con Iuris Rock. En cualquier otro ámbito, esa citación no sería válida ya que se ha realizado en domicilio distinto al del demandante, aunque yo tb hablo desde la ignorancia, ya que no he visto la papeleta de conciliación y es muy posible que se designara como domicilio a efectos de notificaciones el del sindicato y que el trabajador la firmara, aceptando por tanto que todas las notificaciones se realizaran alli. Esto me hace pensar en la responsabilidad que puede tener el abogado del sindicato, pero claro, ¿como probar que no he sido avisado? O mas bien al contrario, ¿puede probar el sindicato que me ha avisado? Es posible que llamara al movil del trabajador y que este no contestara, se acreditaría que ha intentado notificarle, pero no que efectivamente lo hizo. ¿Que pensais?
No ha hecho poderes, ni tampoco está dentro de plazo para presentar la papeleta, ya que el despido se hizo el 1/9. Por lo que veo, poco puedo hacer, no?