Buenas tardes, respondiendo a tu pregunta lo que habría que ver si existe convenio entre tu CCAA y la otra.
Hay Comunidades Autónomas en las que para permutar se exigen unos requisitos, entre otros, que ambos sean funcionarios de carrera, que pertenezcan a la misma categoría y grupo de titulación, que tengan determinados años ininterrumpidos de servicio activo,
que a ninguno de los solicitantes se le esté incoando un expediente disciplinario,étc.
Por tanto primero hay que ver la legislación aplicable y estudiar si cumplís todos los requisitos y si fuera así encauzar bien el procedimiento de permuta.
Espero haberte ayudado.
Saludos.
Buenas tardes, contestando a Nuria72,
Al no tener acceso a la documentación y no tener toda la información (cualquier detalle es importante) en líneas generales puedo decirte que los arrendatarios pueden ser indemnizados siempre atendiendo al caso concreto.
Lo más importante es que los propietarios y tu, cuanto antes, encauceis muy bien todo el procedimiento expropiatorio y la determinación del justiprecio.
Saludos.
Buenas tardes, contestando a ruthno,
Te recomiendo un magnífico manual de estudio y consulta de Juan Ramón Fernández Torres de la editorial Thomson-Aranzadi. Me ha servido de gran ayuda para resolver asuntos de expropiación forzosa.
Espero que te sirva,
Saludos.