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Marco Antonio BARRERO TIRADO
Abogado
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Presentación
BARRERO & PARRA ABOGADOS es un Despacho Jurídico multidisciplinar, cuya filosofía es la búsqueda de la excelencia en la calidad, inmediatez, asesoramiento y atención a nuestros Clientes.
En BARRERO & PARRA ABOGADOS estamos convencidos que un rápido y correcto asesoramiento evita multitud de procedimientos judiciales, lo que supone un gran ahorro de tiempo, costes e imagen para nuestros Clientes.
Nuestro Bufete está integrado por Abogados de gran solvencia en sus respectivas Áreas de Conocimiento Jurídico, distinguiendo entre “Socios-Fundadores” y Abogados Colaboradores.
Cada uno de los “Socios-Fundadores” lidera de forma personal una serie de Áreas de Conocimiento Jurídico, manteniendo una estrecha colaboración y supervisión en los asuntos que son gestionados por Abogados Colaboradores.
Los Clientes de BARRERO & PARRA ABOGADOS siempre tendrán como interlocutor a un “Socio-Fundador”, con independencia de que su “Cuenta”, o alguno de sus “Procedimientos”, estén bajo la dirección jurídica de un Abogado Colaborador.
BARRERO & PARRA ABOGADOS se ha especializado en diversas Áreas de Conocimiento Jurídico, con la finalidad de poder ofrecer a Particulares y a todo tipo de Empresas un amplio Asesoramiento Legal y las más diversas Soluciones Jurídicas.
ÁREAS DE CONOCIMIENTO JURÍCO.
DERECHO MERCANTIL Y SOCIETARIO.
DERECHO LABORAL.
DERECHO CIVIL.
DERECHO PENAL.
DERECHO INMOBILIARIO.
SERVICIOS DE ASESORÍA INTEGRAL.
Hola Albeto,
Completando la contestación anterior, aunque no tengais mayoría, las minorías tambien pueden exigir sus derechos en los entes democráticos.
Si necesita ayuda legal estamos a a su disposición.
Trabajamos en toda España, las 24 horas del día y los 365 días del año.
Si quiere ampliar su consulta viste nuestra web www.barreroyparraabogados.com y en el apartado de CONSULTAS JURÍDICAS le atenderemos de forma gratuita y privada.
BARRERO & PARRA ABOGADOS
Hola desesperada1,
En primer lugar me ratifico en lo dicho anteriormente respecto a que no es habitual presentar la demanda al cliente antes de su interposición, salvo que así se haya requerido por el cliente.
Efectivamente antes de confeccionar la demanda el cliente y el abogado han tenido que reunirse y dependiendo del asunto seguro que varias veces, ya que el abogado no se puede inventar los hechos, pero considero que la cuantía no la determina ni el cliente ni el abogado existiendo informes periciales para su concreción, por ese motivo digo que si el abogado ha reclamado una cantidad desproporcionada y no ajustada a ningún parámetro que debería asumir esa responsabilidad.
Ya le aseguro que por el hecho de no enseñarle la demanda antes de interponerla no tiene ninguna responsabilidad, ahora por interponerla por una cuantía evidentemente errónea con perjuicio para el cliente, si.
Respecto a que es una Pieza de Medidas Cautelares, pues es sencillamente un procedimiento separado del anterior que es el principal, en el que se solicita una serie de medidas desde ya mientras que se resuelve el procedimiento principal.
Lo que no entiendo es si dice que reclama casi el doble de 260.000 euros como la cuantía es de 40.000 euros, con ese importe no me cuadra lo que le quiere cobrar de honorarios.
Si desea que le asesore privadamente puede realizar consulta en nuestra página web www.barreroyparraabogados.com y en el apartado de CONSULTAS JURÍDICAS le atenderemos de forma gratuita y privada.Trabajamos en toda España, las 24 horas del día y los 365 días del año.
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Si el cheque procede de un acuerdo extrajudicial hable con el pagador (me imagino que Cia de seguros) para informarle que ya no le representa ese abogado y que se lo envíen a usted directamente.
En caso de ser mediante transacción judicial, póngalo en conocimiento del juzgado.
Si necesita ayuda legal estamos a a su disposición.
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Hola buenas tardes,
El que el abogado presente la demanda sin presentarsela al cliente es algo habitual ya que, salvo que el cliente lo requiera, no suele ser normal que este quiera leer la demanda previamente.
Mas preocupante es que pida una cantidad desproporcionada y no ajustada a ningún parámetro, en este caso y habiendo causado un perjuicio al clientes si se le podría reclamar el mismo.
Respecto a las minutas, para una cuantía de 500.000 euros los honorarios según baremo del Colegio de Abogados de Madrid son 35.950 euros. esta es la cantidad que le imputarán en costas por Honorarios de abogado más lo que le imputen de aranceles y derechos de procurador, no me atrevo a decir pero otros 6.000 euros más o menos.
Lo que cobra su abogado está bastante por debajo de lo que marca el criterio de honorarios del Colegio de Abogados de Madrid y será, bien porque así lo habían pactado, bien porque le de vergüenza cobrar más.
¿Que puede hacer? En primer lugar revise las cantidades que reclamo el abogado evalúe el perjuicio que le ha irrogado y negocie para que lo asuma él, en caso contrario y si le compensa económicamente, demande.
En segundo lugar y para lo sucesivo, cambie de Abogado.
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En un principio, si la empresa no te tiene reconocida la antigüedad solo te contaría esta, por lo que para que se te reconociese deberías demandar a la empresa.
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Hola emilios,
Si el despido se realiza mediante un ERE, la cantidad que se acuerde en el mismo.
Si el despido se hace por causas objetivas, 20 días por año con limite de una anualidad.
Si el despido es improcedente, 45 día spor año hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 días por año desde esa fecha.
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Con testigos, clientes o trabajadores.
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Efectivamente, eso es una vulneración de la LOPD.
Es más, salvo que ustedes y sus avalistas hayan autorizado la cesión de los datos a terceros para el recobro de los descubiertos de la hipoteca (suelen hacernos firmar la cesión para enviar información comercial), tampoco podrían ceder esa información a terceros.
Le recomiendo que lo denuncie a la Agencia española de Protección de Datos.
Un saludo.Si necesita ayuda legal estamos a a su disposición.
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Hola borjita,
Sin perjuicio de que hagas uso del derecho de cancelación, creo que va a ser infructuoso ya que la empresa de apuestas esta obligada por el art. 33.1b) del RD que mencionas a conservar el contrato de juego (donde están tus datos) durante 6 años, te transcribo "Conservar el contrato de juego por un plazo de seis años desde la cancelación del registro de usuario y adoptar todas las medidas necesarias para la protección de los datos del participante."
Un saludo.
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